Cada semana veo personas que llegan a España con una idea… y la realidad legal es otra muy distinta.
Estas son las 4 vías más habituales para venir a España, con sus límites y matices:
1️⃣ Como turista
Puede permanecer en España hasta 90 días en un periodo de 180.
⚠️ Pasado ese plazo, la estancia pasa a ser irregular, con las consecuencias que ello conlleva (multas, dificultades para regularizar, problemas para salir del país).
2️⃣ Como estudiante
Puede venir a estudiar español u otros estudios homologados.
Importante: no es aun residente, está en régimen de estancia por estudios.
Esto tiene implicaciones prácticas (empadronamiento, reagrupación familiar, estabilidad a largo plazo).
3️⃣ Como nómada digital
Una opción cada vez más popular.
Si trabaja en remoto para una empresa extranjera o como profesional independiente, España puede ser su base legal, cumpliendo ciertos requisitos económicos y profesionales. También puede trabajar como nómada digital siendo autónomo o free-lance
✔️ Permite residir y trabajar legalmente.
4️⃣ Como residente no lucrativo
Ideal para quienes no necesitan trabajar en España, pero cuentan con medios económicos suficientes.
✔️ Es residencia (no estancia).
❌ No permite actividad laboral en España.
Conclusión: venir a España no es solo “llegar”, es elegir bien la vía legal desde el principio. Un error al inicio puede salir caro más adelante.
Si está valorando mudarse a España o asesora a alguien que lo esté haciendo, infórmese bien antes de dar el paso.
En Bennet & Rey, estamos para ayudarle. Contacte con nosotros.