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Etiqueta: Bennet & Rey

Mi ex me está poniendo las cosas difíciles después del divorcio: ¿qué puedo hacer legalmente?

El divorcio no siempre pone fin al conflicto.

En muchos casos, la parte más difícil empieza después: cuando ya existe una sentencia o un convenio aprobado judicialmente, pero uno de los ex cónyuges no coopera.

Puede ocurrir de muchas formas.

✔️Tu ex puede retrasarse en los pagos.
✔️Puede impedir o dificultar el régimen de visitas.
✔️Puede tomar decisiones sobre los hijos sin consultarte.
✔️Puede ignorar mensajes, generar tensión constante o utilizar pequeños problemas prácticos para mantener vivo el conflicto.

Si esto te está ocurriendo, lo primero que debes saber es esto:

No estás indefenso.

Pero también es importante elegir bien la respuesta legal. No todo comportamiento difícil justifica acudir inmediatamente al juzgado. Sin embargo, cuando existe un incumplimiento claro de una sentencia de divorcio o de un convenio aprobado judicialmente, sí pueden existir vías legales.

1. Identificar bien el problema

Antes de iniciar cualquier actuación legal, es importante concretar exactamente qué está ocurriendo.

¿Tu ex está:

  • dejando de pagar la pensión de alimentos o la pensión compensatoria?
  • impidiendo o dificultando el contacto con los hijos?
  • incumpliendo los periodos de vacaciones?
  • tomando decisiones unilaterales sobre colegio, salud o viajes?
  • negándose a firmar documentos necesarios?
  • incumpliendo lo acordado sobre la vivienda familiar?
  • ignorando de forma reiterada la sentencia o el convenio?
  • generando conflicto constante para hacer imposible la coparentalidad?

Este primer paso es fundamental, porque la vía legal dependerá del tipo de incumplimiento.

La sensación de que tu ex “te lo está poniendo difícil” puede ser totalmente comprensible desde el punto de vista emocional, pero jurídicamente necesitamos identificar hechos concretos, fechas, documentos y consecuencias.

2. Revisar qué dice exactamente la sentencia o el convenio

Muchos conflictos posteriores al divorcio se producen porque una parte se basa en lo que cree que se acordó, y no en lo que realmente dice la sentencia o el convenio.

Antes de enviar requerimientos o acudir al juzgado, conviene revisar:

  • la sentencia de divorcio;
  • el convenio regulador aprobado judicialmente;
  • el régimen de custodia y visitas;
  • la pensión de alimentos;
  • la pensión compensatoria, si existe;
  • los periodos de vacaciones;
  • las reglas sobre la vivienda familiar;
  • las obligaciones sobre gastos, documentos o comunicación.

La pregunta no es solo si tu ex se está comportando de forma injusta.

La pregunta jurídica es:

¿Está incumpliendo una obligación concreta?

Si la respuesta es sí, puede haber margen de actuación.

3. Guardar pruebas

Si tu ex no está cumpliendo lo acordado, la prueba es esencial.

Conviene conservar:

  • correos electrónicos;
  • mensajes de WhatsApp;
  • justificantes de cantidades impagadas;
  • movimientos bancarios;
  • comunicaciones del colegio;
  • documentos de viaje;
  • pruebas de visitas canceladas;
  • solicitudes escritas de cooperación;
  • cualquier requerimiento previo enviado.

Es importante evitar mensajes agresivos o excesivamente emocionales. Esos mensajes pueden acabar siendo leídos en un juzgado.

Lo más recomendable es comunicarse de forma clara, serena y por escrito.

Por ejemplo:

“Te solicito que cumplas el régimen de vacaciones establecido en la sentencia de fecha…”

o

“La pensión correspondiente al mes de (mes) no ha sido abonada. Por favor, confirma cuándo se realizará el pago.”

Este tipo de comunicación deja constancia sin elevar innecesariamente el conflicto.

4. ¿Cuándo se puede ejecutar una sentencia de divorcio en España?

Si existe una sentencia española de divorcio o un convenio aprobado judicialmente, y tu ex no lo está cumpliendo, puede ser posible iniciar un procedimiento de ejecución.

Esto puede ser relevante cuando existe:

  • impago de pensiones;
  • incumplimiento reiterado del régimen de visitas;
  • negativa a entregar o devolver a los hijos en los horarios establecidos;
  • incumplimiento de obligaciones económicas;
  • incumplimiento relativo al uso o entrega de una vivienda;
  • incumplimiento de otras obligaciones fijadas judicialmente.

La ejecución no sirve para volver a discutir todo el divorcio.

Sirve para pedir al juzgado que se cumpla lo que ya ha sido acordado o resuelto.

5. ¿Y si el problema afecta a los hijos?

Los conflictos posteriores al divorcio que afectan a los hijos deben tratarse con especial cuidado.

Si el problema se refiere al ejercicio de la patria potestad —por ejemplo, elección de colegio, tratamientos médicos, pasaportes, viajes internacionales o cambios importantes— no siempre estaremos ante una simple ejecución.

En algunos casos puede ser necesario pedir al juzgado que resuelva un desacuerdo entre progenitores.

Esto es especialmente importante cuando uno de los padres bloquea decisiones necesarias o actúa de forma unilateral en asuntos relevantes.

En estos procedimientos, el foco principal será normalmente el interés superior del menor, no castigar a uno de los progenitores.

6. ¿Qué ocurre si tu ex no paga la pensión?

Si no se paga la pensión de alimentos o la pensión compensatoria, el primer paso es calcular exactamente la deuda.

Normalmente será necesario reunir:

  • la sentencia o el convenio;
  • la cantidad mensual que debía pagarse;
  • extractos bancarios que acrediten el impago o pago parcial;
  • cálculo de atrasos;
  • prueba de requerimientos previos, si los hay.

En España, las pensiones impagadas pueden reclamarse normalmente mediante ejecución civil.

En supuestos más graves, el impago persistente puede llegar a tener relevancia penal, pero esto debe analizarse con prudencia. No todo retraso o pago parcial constituye automáticamente un delito.

7. ¿Conviene enviar primero un requerimiento formal?

En muchos casos, sí.

Un requerimiento formal puede ser útil porque:

  • concreta el incumplimiento;
  • da a la otra parte una última oportunidad de cumplir;
  • demuestra que se ha actuado razonablemente;
  • puede evitar el procedimiento judicial;
  • genera prueba documental.

No obstante, si el asunto es urgente —especialmente cuando afecta a menores, seguridad o viajes internacionales— puede ser necesario actuar con mayor rapidez.

8. ¿Cuándo puede no convenir ir al juzgado inmediatamente?

Este punto es importante.

A veces la otra parte se comporta de forma difícil, pero el incumplimiento jurídico todavía no está suficientemente claro. En esos casos, acudir al juzgado demasiado pronto puede aumentar el conflicto y los costes sin garantizar un buen resultado.

Puede ser mejor:

  • reunir más prueba;
  • enviar un requerimiento formal;
  • aclarar la interpretación de la sentencia;
  • negociar reglas prácticas más concretas;
  • acudir a mediación u otro medio adecuado cuando proceda;
  • solicitar una modificación de medidas si las medidas actuales ya no funcionan.

Una buena estrategia legal no siempre es la más agresiva.

Es la que tiene más posibilidades de resolver el problema.

9. ¿Y si las medidas originales ya no funcionan?

A veces el problema no es simplemente que tu ex esté incumpliendo.

El verdadero problema puede ser que las medidas acordadas en su momento ya no sean adecuadas.

Por ejemplo:

  • los hijos han crecido;
  • uno de los progenitores se ha mudado;
  • han cambiado los horarios laborales;
  • han cambiado las necesidades del menor;
  • ha variado la situación económica;
  • la comunicación entre los progenitores se ha deteriorado.

En estos casos, la ejecución puede no ser la mejor vía.

Puede ser necesario solicitar una modificación de medidas para adaptar la situación legal a la realidad actual.

10. Familias internacionales: una dificultad añadida

En las familias internacionales, los conflictos posteriores al divorcio pueden ser aún más complejos.

Pueden surgir cuestiones relacionadas con:

  • progenitores que viven en distintos países;
  • viajes internacionales con menores;
  • reconocimiento de sentencias extranjeras;
  • ejecución de sentencias españolas en el extranjero;
  • ejecución de resoluciones extranjeras en España;
  • pasaportes y autorizaciones de viaje;
  • traslados de residencia;
  • impago de pensiones entre países.

En estos casos, es especialmente importante pedir asesoramiento antes de actuar, sobre todo si existe riesgo de que un progenitor saque al menor de España o se niegue a devolverlo tras un viaje.

Conclusión

Si tu ex te está poniendo las cosas difíciles después del divorcio, no tienes por qué tolerar incumplimientos constantes ni vivir en la incertidumbre.

Pero la respuesta legal adecuada depende de los hechos.

✔️A veces lo mejor será enviar un requerimiento formal.
✔️A veces será necesario ejecutar la sentencia.
✔️A veces habrá que acudir al juzgado por un desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad.
✔️Y a veces será más adecuado solicitar una modificación de medidas.

En Bennet & Rey asesoramos a clientes nacionales e internacionales en procedimientos de familia en España, incluyendo conflictos posteriores al divorcio, ejecución de sentencias, régimen de visitas, pensiones, patria potestad y asuntos de familia con componente internacional.

Si tu sentencia de divorcio no se está cumpliendo, podemos ayudarte a valorar tus opciones legales antes de que el conflicto vaya a más.

Si tienes alguna duda, o necesitas asesoramiento, no dudes en contactar:

Email: [email protected]

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Comprar una propiedad en España a través de una sociedad: ventajas y riesgos

Comprar una propiedad en España es una decisión importante, especialmente para compradores internacionales que desean adquirir una segunda residencia, una vivienda para alquilar, una inversión inmobiliaria o una base familiar en España.

Una de las preguntas que recibimos con frecuencia en Bennet & Rey es:

“¿Conviene comprar la propiedad a título personal o a través de una sociedad?”

La respuesta es: depende.

Comprar a través de una sociedad puede tener sentido en determinados casos, especialmente cuando la operación forma parte de una estructura empresarial, patrimonial o de inversión más amplia. Sin embargo, no siempre es más barato, más sencillo ni más seguro.

De hecho, para muchos compradores particulares, utilizar una sociedad puede generar más obligaciones fiscales, contables y administrativas.

Antes de tomar una decisión, conviene analizar cuidadosamente las ventajas y los riesgos.

1. ¿Por qué algunos compradores se plantean comprar mediante una sociedad?

Los compradores internacionales pueden plantearse adquirir una propiedad en España a través de una sociedad por distintos motivos:

  • ya tienen una sociedad en su país de residencia;
  • desean comprar como inversión;
  • quieren alquilar la propiedad;
  • buscan separar su patrimonio personal del patrimonio empresarial;
  • compran junto con otros inversores;
  • están pensando en planificación sucesoria;
  • les han dicho que comprar mediante sociedad puede ahorrar impuestos.

Algunos de estos motivos pueden ser razonables. Otros deben analizarse con mucha prudencia.

Lo importante es entender que una sociedad no debe utilizarse simplemente porque parezca una estructura más sofisticada. La estructura debe tener sentido jurídico, fiscal y práctico.

2. Posibles ventajas de comprar a través de una sociedad

Separación patrimonial

Comprar mediante una sociedad puede ayudar a separar la propiedad del patrimonio personal del comprador. Esto puede ser relevante cuando el inmueble forma parte de una cartera de inversión o de una actividad empresarial.

Por ejemplo, si varios inversores compran juntos, una sociedad puede ofrecer un marco más claro para regular la titularidad, la toma de decisiones, la distribución de beneficios y la salida futura de alguno de los socios.

Actividad empresarial o de alquiler

Si la propiedad está realmente vinculada a una actividad económica, como alquiler profesional, alojamiento turístico debidamente autorizado o inversión inmobiliaria organizada, la titularidad mediante sociedad puede ser una opción a valorar.

Ahora bien, la actividad debe ser real, coherente y correctamente documentada. No es lo mismo una sociedad con actividad inmobiliaria que una sociedad creada para tener una única vivienda utilizada principalmente como residencia vacacional.

Posible organización de la inversión

En algunos casos, la sociedad puede facilitar la organización interna de la inversión, especialmente cuando hay varios socios, aportaciones distintas o reglas específicas sobre gestión, financiación o venta futura.

No obstante, la sociedad no elimina la necesidad de hacer una buena revisión legal del inmueble ni sustituye el asesoramiento fiscal.

Planificación sucesoria y patrimonial

Para familias con patrimonio en varios países, una sociedad puede formar parte de una estrategia más amplia de planificación sucesoria o patrimonial.

Pero este análisis no debe hacerse únicamente desde la perspectiva de la compraventa inmobiliaria española. También pueden influir la residencia fiscal, la nacionalidad, el régimen matrimonial, la ley aplicable a la sucesión y la situación familiar del comprador.

3. Riesgos de comprar mediante sociedad

No siempre supone un ahorro fiscal

Este es uno de los errores más frecuentes.

Comprar una propiedad en España a través de una sociedad no implica automáticamente pagar menos impuestos.

Según la estructura elegida, pueden existir obligaciones de Impuesto sobre Sociedades, declaraciones fiscales, contabilidad, costes de mantenimiento de la sociedad y consecuencias fiscales futuras cuando se venda el inmueble o se distribuyan beneficios.

Un supuesto ahorro inicial puede convertirse en un problema fiscal más adelante.

Más costes de gestión y cumplimiento

Una sociedad normalmente exige más administración que una compra a título personal.

Puede haber obligaciones contables, presentación de cuentas, declaraciones fiscales, libros societarios, representación legal, poderes, traducciones, apostillas, identificación de socios y otros trámites.

Para una persona que solo quiere comprar una vivienda familiar o una segunda residencia, estos costes pueden no compensar.

Uso personal de una propiedad de la sociedad

Si la propiedad pertenece a una sociedad, pero la utilizan personalmente los socios o sus familiares, la situación debe analizarse con cuidado.

Puede haber implicaciones fiscales si se considera que existe un uso privado de un activo societario, una ventaja para el socio o una renta que debería declararse.

Por eso, la estructura debe ser coherente. Una sociedad no debería ser una simple “pantalla” para una vivienda de uso estrictamente privado.

La financiación puede ser más compleja

Algunos bancos pueden ser más prudentes al financiar compras realizadas por sociedades, especialmente si se trata de sociedades extranjeras o recién constituidas.

La entidad bancaria puede pedir documentación adicional, información sobre los socios, origen de fondos, poderes, cuentas anuales y garantías personales.

Las condiciones de financiación también pueden ser distintas a las ofrecidas a compradores particulares.

La venta futura puede complicarse

La estructura elegida al comprar será muy importante cuando llegue el momento de vender.

Habrá que valorar, entre otras cuestiones:

  • si vende la sociedad o se venden las participaciones;
  • qué impuestos se generan en España;
  • qué efectos fiscales existen en el país de residencia del comprador;
  • si el futuro comprador aceptará esa estructura;
  • qué documentación societaria será necesaria;
  • si existen obligaciones de comunicación o declaración adicionales.

Estas cuestiones conviene analizarlas antes de comprar, no cuando ya se está negociando la venta.

4. ¿Sociedad española o sociedad extranjera?

Otra pregunta habitual es si conviene comprar a través de una sociedad española o de una sociedad extranjera.

Una sociedad española puede resultar más familiar para notarios, bancos, registros y autoridades fiscales españolas. Pero también implica obligaciones societarias y fiscales en España.

Una sociedad extranjera puede ser cómoda si el comprador ya la tiene constituida en su país. Sin embargo, puede requerir más documentación para operar en España: poderes, certificados societarios, apostillas, traducciones juradas, NIF, identificación de administradores y acreditación de facultades.

En ambos casos, es esencial revisar la estructura tanto en España como en el país de residencia del comprador.

5. Cuándo puede tener sentido comprar mediante sociedad

Comprar mediante sociedad puede ser una opción a estudiar cuando:

  • la propiedad forma parte de una actividad real de inversión;
  • hay varios inversores;
  • ya existe una estructura societaria con finalidad clara;
  • el inmueble se va a alquilar de forma profesional;
  • se busca una separación patrimonial justificada;
  • la operación forma parte de una planificación familiar, fiscal o sucesoria más amplia.

Incluso en estos casos, es imprescindible contar con asesoramiento legal y fiscal antes de firmar.

6. Cuándo puede ser mejor comprar a título personal

La compra a título personal puede ser más adecuada cuando:

  • el inmueble será una vivienda familiar o vacacional;
  • compra una persona sola o un matrimonio;
  • no existe una verdadera actividad empresarial;
  • se quiere una estructura sencilla;
  • se desea evitar costes contables y societarios innecesarios;
  • la sociedad solo se crearía con la idea de “ahorrar impuestos”.

En muchos casos, comprar personalmente puede ser más claro, más económico y más fácil de gestionar.

7. Nuestra recomendación práctica

Antes de decidir si comprar una propiedad en España a través de una sociedad, recomendamos hacerse tres preguntas:

1. ¿Cuál es la finalidad real de la compra?
¿Vivienda familiar, inversión, alquiler, negocio o planificación patrimonial?

2. ¿Qué puede ocurrir en cinco o diez años?
¿Se venderá, se alquilará, se heredará, se refinanciará o se transmitirá?

3. ¿Se ha revisado la estructura en los dos países?
El asesoramiento español puede no ser suficiente si el comprador reside fiscalmente en otro país.

La mejor estructura no es la que parece más sofisticada. Es la que funciona jurídicamente, fiscalmente y de forma práctica a largo plazo.

Conclusión

Comprar una propiedad en España mediante una sociedad puede ser útil en determinados casos, pero no es una solución universal.

Para algunos compradores puede aportar organización, separación patrimonial y flexibilidad de inversión. Para otros, puede generar costes innecesarios, obligaciones fiscales y complicaciones futuras.

En Bennet & Rey asesoramos a clientes internacionales que desean comprar propiedades en España, ayudándoles a revisar la estructura legal, la documentación y los riesgos antes de firmar.

¿Estás pensando en comprar una propiedad en España?
Podemos ayudarte a analizar si conviene comprar a título personal o mediante sociedad antes de comprometerte.

Envianos un email a: [email protected]

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Cinco frases que ponen nervioso a cualquier abogado/a

En Bennet & Rey solemos decir que los problemas legales rara vez empiezan con grandes dramas.

Normalmente empiezan con frases muy corrientes.

Un acuerdo amistoso. Una firma rápida. Un arreglo familiar. Un mensaje de WhatsApp. Un documento descargado de internet.

Y luego, meses o años después, alguien dice: “Pero yo pensaba que esto estaba claro”.

Por eso,  hemos preparado una lista ligera, pero muy real, de cinco frases que suelen poner nervioso a cualquier abogado.

No porque los abogados seamos exagerados.Sino porque hemos visto muchas veces lo que puede ocurrir cuando decisiones importantes se toman demasiado deprisa o con demasiada confianza.

1. “No hace falta ponerlo por escrito. Nos conocemos de toda la vida.”

La confianza es maravillosa. Pero en asuntos legales, la confianza y la claridad por escrito deberían ir siempre de la mano.

Muchos conflictos empiezan precisamente entre personas que confiaban entre sí: familiares, amigos, socios, exparejas, vecinos o parejas que compran una vivienda juntas.

El problema no siempre es la mala fe. A veces el problema es la memoria.

Las personas recuerdan las conversaciones de forma distinta. Las circunstancias cambian. Las relaciones se deterioran. Lo que al principio parecía evidente puede volverse muy confuso con el tiempo.

Un acuerdo por escrito no es una señal de desconfianza.

Es una forma de proteger la relación y evitar malentendidos.

Esto es especialmente importante cuando hay dinero, bienes, propiedades, herencias, hijos, préstamos familiares o acuerdos empresariales de por medio.

 

2. “Venga, firma rápido, que solo es una firmita.”

No existe el concepto de “solo es una firma”.

La realidad es que una firma puede tener consecuencias jurídicas muy importantes.

Puede crear obligaciones, renunciar a derechos, reconocer una deuda, aceptar condiciones, confirmar una entrega, aprobar un acuerdo o comprometer a una persona en una operación.

Esto es especialmente importante en compraventas inmobiliarias, convenios de divorcio, documentos de herencia, préstamos entre familiares, acuerdos empresariales y contratos privados.

Antes de firmar cualquier documento, merece la pena hacerse una pregunta muy sencilla:

¿A qué me estoy obligando exactamente?

Si la respuesta no está completamente clara, es mejor no firmar hasta entenderlo bien.

Un documento puede parecer sencillo, pero sus consecuencias legales pueden no serlo.

 

3. “He encontrado una plantilla en internet.”

Las plantillas de internet pueden ser útiles como punto de partida, pero rara vez son suficientes por sí solas.

El Derecho no consiste solo en tener un documento.

Consiste en tener el documento adecuado para la situación concreta, con la redacción correcta, firmado de la forma adecuada y adaptado a los hechos reales del caso.

Una plantilla puede no tener en cuenta la ley española, las consecuencias fiscales, las circunstancias familiares, los problemas registrales, las normas sucesorias, la situación migratoria, el régimen económico matrimonial o los riesgos específicos de una operación.

Un documento que parece profesional no siempre es jurídicamente seguro.

En más de una ocasión, un cliente nos ha traído una plantilla aparentemente correcta y hemos tenido que rehacerla por completo.

En Derecho, los detalles no son un adorno.

Muchas veces son precisamente lo que protege al cliente.

 

4. “Mi primo, mi amigo o mi vecino me ha dicho que esto es facilísimo.”

A veces tienen razón, todo hay que decirlo.

Pero muchas veces, no.

Cada asunto legal depende de los detalles: fechas, documentos, situación familiar, nacionalidad, residencia, titularidad de bienes, régimen económico matrimonial, resoluciones judiciales previas, pagos realizados, situación fiscal, plazos y muchos otros factores.

Lo que funcionó para una persona puede no servir para otra.

Especialmente en Derecho de Familia, herencias, extranjería y asuntos inmobiliarios, donde pequeñas diferencias pueden cambiar por completo el resultado jurídico.

El consejo informal puede estar lleno de buena intención, pero no debería sustituir al asesoramiento legal profesional.

La cuestión no es si esa persona quiere ayudar. La cuestión es si su situación era jurídicamente igual a la tuya.

Y muchas veces no lo es.

5. “Luego lo arreglaremos.”

Esta quizá sea la frase más peligrosa de todas.

“Luego” es cuando la relación ya se ha roto.

“Luego” es cuando la vivienda ya se ha comprado.

“Luego” es cuando el dinero ya se ha transferido.

“Luego” es cuando la otra parte ha cambiado de opinión.

“Luego” es cuando el plazo ya ha vencido.

En Derecho, el momento importa. Se consciente que es mucho mas barato y fácil, prevenir problemas que solucionarlos después.

Una consulta breve antes de firmar, comprar, transferir dinero, aceptar una herencia o pactar acuerdos familiares puede evitar años de dificultades.

La opinión de Bennet & Rey Abogados

El buen asesoramiento legal no consiste solo en acudir a los tribunales.

Muy a menudo consiste en prevenir los conflictos antes de que empiecen. Si te escuchas diciendo alguna de estas frases, quizá sea buen momento para parar un momento y pedir asesoramiento.

No porque todo sea un problema. Sino porque algunos problemas pueden evitarse con claridad, estrategia y el documento adecuado en el momento oportuno.

En Bennet & Rey asesoramos a clientes nacionales e internacionales en España en Derecho de Familia, herencias, asuntos inmobiliarios y extranjería, ayudándoles a tomar decisiones importantes con seguridad y claridad.

Antes de firmar, comprar, transferir dinero, aceptar una herencia o llegar a un acuerdo familiar importante, puede merecer la pena pedir asesoramiento legal.

A veces, una consulta a tiempo evita un problema mucho mayor.