Ir al contenido principal

Autor: Margaret

¿Has oído hablar del Reglamento Ómnibus de la IA? Qué cambia respecto al Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial

La regulación europea sobre inteligencia artificial volvió a cambiar.

Cuando muchas empresas todavía están intentando comprender cómo cumplir el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, la Unión Europea aprobó una nueva reforma conocida como AI Omnibus, Ómnibus Digital sobre IA o, de forma coloquial, “Ley Ómnibus de la IA”.

Pero ¿se trata de una nueva ley? ¿Sustituye al Reglamento de Inteligencia Artificial? ¿Se han aplazado todas las obligaciones previstas para agosto de 2026?

La respuesta es no.

El Reglamento Ómnibus no elimina el Reglamento (UE) 2024/1689 ni supone que las empresas puedan dejar de prepararse. Su finalidad es modificar determinados aspectos del Reglamento de IA para simplificar su aplicación, reducir algunas cargas administrativas y adaptar ciertos plazos a la disponibilidad real de normas técnicas, directrices y mecanismos de evaluación.

¿Qué es el Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial?

El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como Reglamento de Inteligencia Artificial o AI Act, es la norma europea que establece un marco común para el desarrollo, comercialización y utilización de sistemas de inteligencia artificial en la Unión Europea.

Fue adoptado el 13 de junio de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 12 de julio de 2024 y entró en vigor el 1 de agosto de 2024.

Su aplicación se diseñó de forma progresiva.

Entre otras materias, el Reglamento:

  • prohíbe determinadas prácticas de inteligencia artificial;
  • clasifica algunos sistemas como sistemas de alto riesgo;
  • establece obligaciones para proveedores, responsables del despliegue, importadores y distribuidores;
  • regula determinados modelos de inteligencia artificial de uso general;
  • exige transparencia en ciertos contenidos y sistemas de IA;
  • e impone una obligación de alfabetización en materia de inteligencia artificial.

No todas las empresas tienen las mismas obligaciones. Estas dependen, entre otros factores, del sistema utilizado, su finalidad, el nivel de riesgo y el papel que desempeñe cada empresa.

¿Qué es el Ómnibus Digital sobre IA?

El Ómnibus Digital sobre IA es un nuevo reglamento europeo que modifica aspectos concretos del Reglamento (UE) 2024/1689.

La Comisión Europea presentó su propuesta el 19 de noviembre de 2025 dentro del paquete europeo de simplificación normativa denominado Ómnibus VII.

Posteriormente:

  • el Consejo adoptó su posición negociadora el 13 de marzo de 2026;
  • el Parlamento Europeo adoptó su posición el 26 de marzo de 2026;
  • el Parlamento y el Consejo alcanzaron un acuerdo político el 7 de mayo de 2026;
  • el Parlamento Europeo aprobó el texto definitivo el 16 de junio de 2026;
  • y el Consejo dio su aprobación definitiva el 29 de junio de 2026.

Por tanto, no estamos ante una ley española ni ante una sustitución completa del AI Act. Estamos ante un reglamento europeo que modifica parcialmente el marco jurídico ya existente.

Su entrada en vigor se producirá una vez publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, en los términos que establezca su texto definitivo.

Principales diferencias entre el Reglamento de IA y el Reglamento Ómnibus

1. El Reglamento de IA crea el marco general; el Ómnibus lo modifica

El Reglamento (UE) 2024/1689 es la norma principal.

Define qué se entiende por sistema de IA, establece las categorías de riesgo, distribuye responsabilidades entre los diferentes operadores y regula las obligaciones aplicables.

El Reglamento Ómnibus no crea un sistema completamente nuevo. Introduce modificaciones selectivas para facilitar la aplicación práctica del Reglamento original.

Podríamos explicarlo así:

El Reglamento de IA establece las reglas del juego. El Ómnibus modifica algunas reglas, procedimientos y fechas.

2. Se aplazan determinadas obligaciones sobre sistemas de alto riesgo

Uno de los cambios más relevantes afecta a las normas aplicables a ciertos sistemas de IA de alto riesgo.

La reforma fija, con carácter máximo, las siguientes fechas:

  • 2 de diciembre de 2027 para determinados sistemas de alto riesgo incluidos en el Anexo III, como los utilizados en ámbitos de empleo, educación, infraestructuras críticas, migración, acceso a servicios esenciales o biometría.
  • 2 de agosto de 2028 para los sistemas de alto riesgo integrados en productos sujetos a la legislación europea de seguridad recogida en el Anexo I, como determinada maquinaria, productos sanitarios o sistemas industriales.

El objetivo es evitar que estas obligaciones sean plenamente exigibles antes de que existan las normas armonizadas, directrices y herramientas necesarias para aplicarlas con seguridad jurídica.

Pero hay que tener cuidado con la interpretación: no todo se aplaza todo el Reglamento hasta 2027 o 2028.

3. No desaparecen las obligaciones de agosto de 2026

La aprobación del Ómnibus no significa que el 2 de agosto de 2026 deje de ser una fecha relevante.

Continúan siendo especialmente importantes las obligaciones de transparencia del artículo 50, incluidas las relativas a determinados sistemas que interactúan con personas, contenidos generados o manipulados artificialmente y ciertos usos de reconocimiento de emociones o categorización biométrica.

Por tanto, una empresa que utiliza chatbots, asistentes virtuales, imágenes generadas con IA, voces sintéticas o contenidos manipulados no debería interpretar el aplazamiento de los sistemas de alto riesgo como una suspensión general de sus deberes.

4. Se simplifican algunas cargas administrativas

El Reglamento Ómnibus pretende reducir duplicidades y facilitar el cumplimiento.

Entre sus objetivos se encuentran:

  • simplificar determinadas obligaciones documentales;
  • coordinar mejor las evaluaciones exigidas por diferentes normas europeas;
  • evitar evaluaciones duplicadas cuando un sistema ya está sujeto a legislación sectorial;
  • facilitar la aplicación de las normas a pequeñas y medianas empresas;
  • y aportar mayor claridad sobre las obligaciones de los distintos operadores.

Simplificar no significa eliminar la responsabilidad.

Las empresas deberán seguir conociendo qué herramientas utilizan, para qué las utilizan, qué datos tratan, quién supervisa sus resultados y qué riesgo puede producirse para clientes, empleados o terceros.

5. Se amplían determinadas medidas de apoyo a las empresas

El Reglamento de IA ya contemplaba medidas específicas para pymes.

La reforma amplía algunas facilidades y mecanismos de apoyo, incluyendo medidas dirigidas a empresas de mediana capitalización o small mid-caps.

Esto puede traducirse en documentación más proporcionada, asistencia regulatoria, espacios controlados de pruebas y una aplicación más adaptada al tamaño y los recursos de la organización.

No obstante, ser una pyme o un autónomo no constituye una exención general del Reglamento de IA.

6. Se introduce una nueva prohibición relativa a contenidos íntimos no consentidos

El texto acordado añade una prohibición expresa relacionada con sistemas de IA destinados a generar material sexual o íntimo no consentido de personas identificables, así como material de abuso sexual infantil.

Esta medida incluye los llamados sistemas o aplicaciones de “desnudado” mediante IA, conocidos como nudifier apps.

La reforma demuestra que el Ómnibus no se limita a aplazar o simplificar obligaciones: también incorpora nuevas prohibiciones para proteger los derechos fundamentales y la dignidad de las personas.

7. Se establecen reglas transitorias para determinados sistemas generativos

La reforma prevé un régimen transitorio para determinados sistemas de IA generativa comercializados o puestos en servicio antes del 2 de agosto de 2026.

En particular, se contempla un periodo de adaptación para ciertas obligaciones técnicas de marcado y detección de contenidos generados por IA.

Esto no debe confundirse con la obligación general de informar al usuario cuando está interactuando directamente con determinados sistemas de inteligencia artificial.

Entonces, ¿el Reglamento Ómnibus beneficia a las empresas?

En algunos aspectos, sí.

Aporta más tiempo para cumplir determinadas obligaciones de alto riesgo, reduce algunas duplicidades y pretende facilitar la adaptación de pymes y empresas de mediana dimensión.

Sin embargo, también puede generar una falsa sensación de seguridad.

Una empresa podría pensar:

“Como Europa ha aplazado el Reglamento de IA, no tengo que hacer nada hasta 2027”.

Esa conclusión sería incorrecta.

Las prohibiciones, la alfabetización en materia de IA, las obligaciones sobre modelos de uso general y determinadas exigencias de transparencia siguen su propio calendario.

Además, otras normas continúan siendo aplicables, entre ellas:

  • el Reglamento General de Protección de Datos;
  • la normativa de protección de consumidores;
  • la legislación laboral;
  • las normas de propiedad intelectual;
  • el secreto empresarial;
  • la normativa sobre publicidad;
  • y las obligaciones contractuales frente a clientes y proveedores.

¿Qué debería hacer ahora una pyme o un autónomo?

El primer paso no consiste en preparar cientos de documentos.

Consiste en conocer el uso real de la inteligencia artificial dentro de la empresa y hacer un inventario.

Conclusión

El Reglamento Ómnibus Digital sobre IA no sustituye al Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial.

Lo modifica.

Introduce nuevos plazos para determinados sistemas de alto riesgo, simplifica procedimientos, amplía algunas medidas de apoyo y añade nuevas prohibiciones. Pero no paraliza la aplicación general del Reglamento ni elimina las obligaciones que ya están vigentes o que serán aplicables en agosto de 2026.

La conclusión práctica es clara:

las empresas disponen de algo más de tiempo para determinados sistemas de alto riesgo, pero no deberían posponer su adaptación general a la normativa de inteligencia artificial.

En Bennet & Rey ayudamos a pymes, autónomos y empresas a identificar sus herramientas de IA, clasificar sus usos, revisar sus riesgos y preparar la documentación necesaria para cumplir la normativa europea de forma proporcionada y comprensible.

No se trata de dejar de utilizar inteligencia artificial.

Se trata de utilizarla con conocimiento, supervisión y seguridad jurídica.

Artículo 50 Reglamento Europeo IA: la transparencia ya no es opcional

La inteligencia artificial ya forma parte del día a día de muchas empresas: chatbots en páginas web, asistentes virtuales, textos generados con IA, imágenes creadas artificialmente, avatares, vídeos, herramientas de atención al cliente o sistemas que ayudan a automatizar procesos.

El problema es que muchas empresas han incorporado IA pensando solo en la parte técnica: que funcione, que ahorre tiempo, que venda más o que responda más rápido. Pero han olvidado una cuestión esencial: la IA también tiene obligaciones legales.

Una de las obligaciones más importantes del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial es la transparencia. Y aquí entra en juego el artículo 50 del Reglamento Europeo de IA.

Este artículo regula las obligaciones de transparencia para proveedores y responsables del despliegue de determinados sistemas de inteligencia artificial. En términos sencillos: en ciertos casos, la empresa debe informar claramente de que se está utilizando IA o de que un contenido ha sido generado o manipulado artificialmente. El texto oficial del Reglamento Europeo de IA fue publicado como Reglamento (UE) 2024/1689.

¿Qué exige el artículo 50 del Reglamento Europeo de IA?

El artículo 50 no se aplica a cualquier uso interno de IA. No es lo mismo utilizar una herramienta de IA para resumir un documento interno que tener un chatbot hablando con clientes en la web o publicar contenido generado artificialmente.

La clave está en si el sistema de IA interactúa con personas, genera contenido sintético o puede inducir a error sobre si algo ha sido creado por una persona o por una máquina.

Entre otros supuestos, el artículo 50 afecta a sistemas de IA que interactúan directamente con personas, a contenidos generados o manipulados artificialmente, a deepfakes, a determinados textos generados por IA publicados para informar al público y a ciertos sistemas de reconocimiento de emociones o categorización biométrica.

Ejemplos prácticos: cuándo puede afectar a una empresa

Una empresa puede estar afectada por el artículo 50 si, por ejemplo:

  • Tiene un chatbot de atención al cliente en su web.
  • Usa un asistente virtual que responde a usuarios.
  • Genera imágenes, vídeos o audios con IA para campañas comerciales.
  • Utiliza avatares artificiales en redes sociales o vídeos corporativos.
  • Publica textos informativos generados con IA sobre asuntos de interés público.
  • Usa IA para crear o manipular contenido que pueda parecer real.
  • Emplea sistemas de reconocimiento emocional o categorización biométrica.

En estos casos, no basta con que la herramienta funcione bien. La empresa debe valorar si tiene que informar al usuario, etiquetar el contenido o adoptar medidas de transparencia.

La multa: ¿qué puede pasar si no se cumple?

Aquí está el punto que muchas empresas desconocen: incumplir determinadas obligaciones del Reglamento Europeo de IA puede conllevar sanciones importantes.

El artículo 99 del Reglamento establece el régimen de sanciones. Para determinadas infracciones, incluidas las obligaciones de transparencia aplicables a proveedores y responsables del despliegue, las multas pueden llegar hasta 15 millones de euros o, si se trata de una empresa, hasta el 3% del volumen de negocio anual mundial del ejercicio anterior, aplicándose el límite correspondiente según el Reglamento.

Esto no significa que cualquier pyme vaya a recibir automáticamente una sanción millonaria. El propio régimen sancionador debe aplicarse de forma efectiva, proporcionada y disuasoria, teniendo en cuenta las circunstancias del caso, incluida la situación de pymes y startups.

Pero el mensaje es claro: la falta de transparencia en el uso de IA puede salir cara.

¿Desde cuándo será aplicable?

El Reglamento Europeo de IA tiene un calendario de aplicación progresivo. Su aplicación general está prevista para el 2 de agosto de 2026, con algunas partes aplicables antes o después según el tipo de obligación.

Por eso, esperar hasta el último momento puede ser un error. Las empresas que ya usan IA de cara al público deberían revisar ahora sus sistemas, sus textos legales, sus avisos, sus proveedores y su documentación interna.

El verdadero problema: llegar sin nada documentado

En cumplimiento normativo, el problema no es solo incumplir. El problema es no poder demostrar que se ha actuado con diligencia.

Si una autoridad, un cliente, un competidor o un afectado pregunta cómo utiliza una empresa la IA, la empresa debería poder enseñar algo más que una respuesta improvisada.

Debería poder acreditar:

  • Qué sistemas de IA utiliza.
  • Para qué los utiliza.
  • Quién es el proveedor.
  • Si interactúan con clientes o usuarios
  • Si generan contenido artificial
  • Si requieren avisos de transparencia.
  • ¿Qué puede hacer Bennet & Rey?

    En Bennet & Rey ayudamos a empresas, autónomos y pymes a revisar el uso de inteligencia artificial desde una perspectiva jurídica.

  • Qué recomendaciones legales se han seguido.

    Un informe jurídico, una revisión documentada y un plan de acción pueden ayudar a demostrar que la empresa no actuó de forma negligente, sino que revisó sus riesgos y adoptó medidas razonables.

  • Qué medidas se han adoptado.
  • No se trata de asustarse, sino de ordenar la casa

    El Reglamento Europeo de IA no debe verse solo como una amenaza. También es una oportunidad para que las empresas utilicen inteligencia artificial de forma más segura, profesional y transparente.

    La cuestión no es dejar de usar IA. La cuestión es usarla bien.

    Una empresa puede seguir utilizando IA, pero debe saber cuándo tiene que informar, cuándo debe etiquetar contenido, cuándo debe revisar contratos con proveedores y cuándo debe documentar internamente sus decisiones.

    Conclusión

    El artículo 50 del Reglamento Europeo de IA marca un cambio importante: la transparencia en el uso de inteligencia artificial ya no es una cuestión opcional.

    Si una empresa utiliza chatbots, avatares, imágenes, vídeos, textos generados con IA o sistemas que interactúan con clientes, debe revisar si tiene obligaciones específicas de transparencia.

    La multa no debería ser el único motivo para actuar, pero sí es una advertencia clara: usar IA sin revisar la parte legal puede exponer a la empresa a riesgos innecesarios.

    En Bennet & Rey revisamos tus sistemas de IA, detectamos posibles brechas legales y te entregamos un plan de acción jurídico para que sepas qué corregir y cómo documentarlo.

    ¿Tu empresa usa IA? Quizá ha llegado el momento de comprobar si cumple el artículo 50.

    Contacta con nosotros, nos encantará ayudarte.

¿Qué significa tener arraigo al solicitar la nacionalidad española?

Cuando una persona se prepara para solicitar la nacionalidad española por residencia, es frecuente que le digan que debe demostrar que tiene “arraigo” en España.

Esta expresión puede generar confusión. ¿Significa que debe haber obtenido previamente una autorización de residencia por arraigo? ¿Es necesario presentar un informe de arraigo? ¿Hay que demostrar que se tiene trabajo, familia o una vivienda en España?

La respuesta requiere distinguir entre el arraigo regulado por la normativa de extranjería y el grado de integración que se exige en un procedimiento de nacionalidad española.

¿El arraigo es un requisito para obtener la nacionalidad española?

El Código Civil no establece un requisito independiente y exclusivo denominado “arraigo” para adquirir la nacionalidad española por residencia.

Los requisitos fundamentales son:

  • Haber residido en España durante el periodo legalmente exigido en cada caso.
  • Que esa residencia haya sido legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
  • Acreditar buena conducta cívica.
  • Demostrar un suficiente grado de integración en la sociedad española.

Por tanto, cuando se habla de arraigo en un expediente de nacionalidad, normalmente se está haciendo referencia a la integración del solicitante y a la existencia de una vinculación real y estable con España.

No es lo mismo residencia por arraigo que arraigo para la nacionalidad

Es importante no confundir dos conceptos diferentes.

Residencia por arraigo

La residencia por arraigo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales regulada por la normativa de extranjería.

Dependiendo de la modalidad solicitada, puede basarse en circunstancias familiares, sociales, laborales, formativas o en una residencia anterior.

Una persona puede obtener inicialmente su residencia mediante una modalidad de arraigo y, años después, solicitar la nacionalidad española si cumple el periodo de residencia legal y los demás requisitos.

Sin embargo, no es obligatorio haber tenido una residencia por arraigo para solicitar la nacionalidad.

Arraigo o integración en una solicitud de nacionalidad

En el contexto de la nacionalidad, la palabra arraigo se utiliza habitualmente para describir la vinculación efectiva de una persona con España.

Esta vinculación puede manifestarse a través de su residencia habitual, su conocimiento del idioma, sus relaciones familiares y sociales, su actividad laboral o profesional y su participación normal en la vida española.

El concepto jurídicamente relevante es el de suficiente grado de integración en la sociedad española.

¿Cómo se acredita la integración en España?

Con carácter general, los solicitantes deben superar las pruebas administradas por el Instituto Cervantes:

  • La prueba CCSE, sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España.
  • La prueba DELE de nivel A2 o superior, destinada a acreditar el conocimiento del español, cuando resulte exigible.

Determinadas personas están exentas de realizar una o ambas pruebas, bien por su nacionalidad, por su edad, por haber cursado estudios en España o por concurrir otras circunstancias legalmente previstas.

Sin embargo, aprobar los exámenes no significa necesariamente que cualquier otra circunstancia del expediente deje de ser relevante.

La Administración puede examinar la documentación aportada, la situación personal del solicitante, su residencia en España y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su condición de residente.

¿Qué circunstancias pueden demostrar una vinculación real con España?

Dependiendo de cada expediente, pueden ser relevantes circunstancias como:

  • La residencia habitual y efectiva en España.
  • La existencia de vínculos familiares en el país.
  • El trabajo por cuenta propia o ajena.
  • El desarrollo de una actividad profesional o empresarial.
  • La escolarización de los hijos.
  • La realización de estudios en España.
  • El empadronamiento y la vivienda habitual.
  • El conocimiento del idioma español.
  • La participación en actividades sociales, culturales o comunitarias.
  • El cumplimiento de las obligaciones tributarias y administrativas.
  • La ausencia de periodos prolongados fuera de España.

No existe una lista cerrada de documentos que todas las personas deban presentar para acreditar su arraigo. La valoración dependerá de las circunstancias particulares del solicitante.

Tampoco es necesario tener hijos españoles, estar casado con una persona española, ser propietario de una vivienda o disponer de un contrato de trabajo indefinido.

Estas circunstancias pueden reforzar la vinculación con España, pero no constituyen requisitos generales aplicables a todos los expedientes.

¿Las ausencias de España pueden afectar a la solicitud?

Sí. Uno de los requisitos esenciales de la nacionalidad por residencia es que la residencia sea legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

Las ausencias del territorio español pueden ser examinadas por la Administración para determinar si se ha cumplido esa continuidad.

No existe una única cifra que resuelva automáticamente todos los casos. La duración, frecuencia, motivo y momento de las ausencias pueden ser relevantes.

Una ausencia puntual y justificada no debe valorarse necesariamente de la misma forma que varios periodos prolongados o frecuentes que hagan pensar que el centro de vida del solicitante se encuentra fuera de España.

Por esta razón, antes de presentar la solicitud conviene revisar los pasaportes y calcular cuidadosamente las entradas y salidas realizadas durante el periodo de residencia exigido.

¿Necesito presentar un informe de arraigo?

No, para la nacionalidad no necesitas un informe de arraigo.

El informe de arraigo se utiliza  en determinados procedimientos de extranjería, es decir pertenece a un ámbito diferente.

En una solicitud de nacionalidad se presenta la documentación exigida para acreditar la identidad, la residencia legal, los antecedentes y, cuando corresponda, la superación o exención de las pruebas de integración.

En determinados expedientes puede resultar aconsejable acompañar documentación adicional que explique circunstancias particulares, especialmente cuando hayan existido ausencias, incidencias administrativas, antecedentes o dudas sobre el grado de integración.

¿Puede denegarse la nacionalidad por falta de integración?

Si puede denegarse por falta de integración.

El solicitante debe acreditar todos los requisitos legales, entre ellos un suficiente grado de integración en la sociedad española.

Una denegación puede estar relacionada con la falta de superación de las pruebas exigibles, con contradicciones relevantes en el expediente o con circunstancias que lleven a la Administración a considerar que no se ha acreditado suficientemente la integración.

No obstante, cada caso debe analizarse individualmente y la Administración debe motivar la razón por la que considera incumplido el requisito.

La importancia de revisar el expediente antes de presentarlo

Antes de solicitar la nacionalidad española, no basta con comprobar cuántos años lleva una persona en España.

También conviene revisar:

  • Desde qué fecha se considera legal la residencia.
  • Si se cumple el periodo exigido según la nacionalidad y las circunstancias personales.
  • Las ausencias reflejadas en los pasaportes.
  • La vigencia y concordancia de la documentación.
  • Los antecedentes penales y policiales.
  • La situación familiar.
  • La superación o posible exención de los exámenes.
  • Cualquier circunstancia que pueda generar dudas sobre la continuidad de la residencia o la integración.

Una revisión previa puede evitar requerimientos, retrasos o una posible denegación.

Conclusión

Tener arraigo para solicitar la nacionalidad española no significa haber obtenido una residencia por arraigo ni presentar obligatoriamente un informe con ese nombre.

Significa, en términos generales, que la persona ha construido una vinculación real con España y puede acreditar un suficiente grado de integración en la sociedad española.

La residencia legal y continuada, el conocimiento del idioma y de la sociedad española y las circunstancias personales del solicitante forman parte de la valoración del expediente.

En Bennet & Rey Lawyers revisamos solicitudes de nacionalidad española antes de su presentación, comprobamos el cumplimiento del periodo de residencia y analizamos las circunstancias que podrían provocar un requerimiento o una denegación.

Si tienes cualquier duda ponte en contacto con nosotros.

Envíanos un email a: [email protected]

o haz click aquí y reserva una cita con un abogado/a

Brexit, diez años después: ¿y ahora qué?

El 23 de junio de 2016, el Reino Unido votó a favor de abandonar la Unión Europea. Diez años después, el Brexit ya no ocupa diariamente las portadas, pero sus consecuencias siguen presentes en la vida de miles de ciudadanos británicos y europeos.

Viajar, residir, trabajar, comprar una propiedad, heredar, casarse o divorciarse entre España y el Reino Unido ya no se desarrolla exactamente bajo las mismas reglas que antes.

La relación entre ambas partes ha entrado en una etapa más estable y pragmática. Sin embargo, estabilidad no significa volver a la situación anterior. El Brexit continúa produciendo efectos jurídicos que conviene conocer y planificar.

Diez años desde el referéndum del Brexit

El referéndum del 23 de junio de 2016 abrió un proceso político y jurídico muy complejo.

El Reino Unido abandonó formalmente la Unión Europea el 31 de enero de 2020. Posteriormente se estableció un periodo transitorio que finalizó el 31 de diciembre de ese mismo año.

Desde el 1 de enero de 2021, el Reino Unido es, a todos los efectos, un tercer país respecto de la Unión Europea.

Esto supuso el final de la libre circulación de personas entre el Reino Unido y los Estados miembros y la aparición de nuevas normas sobre residencia, trabajo, viajes, comercio y reconocimiento de determinados derechos.

¿Qué ha cambiado para los ciudadanos británicos en España?

Antes del Brexit, un ciudadano británico podía trasladarse a España amparándose en la libertad de circulación de los ciudadanos europeos.

Actualmente, un británico que quiera residir en España debe cumplir los requisitos previstos para los nacionales de terceros países, salvo que esté protegido por el Acuerdo de Retirada.

La fecha clave es el 31 de diciembre de 2020.

Los ciudadanos británicos que ya residían legalmente en España antes de que finalizara el periodo transitorio pueden conservar determinados derechos derivados del Acuerdo de Retirada. Es importante, no obstante, que puedan acreditar adecuadamente su situación y que mantengan actualizada su documentación.

Por el contrario, quienes se trasladaron o quieran trasladarse a España después de esa fecha deben solicitar la autorización correspondiente según sus circunstancias.

Entre las opciones más habituales se encuentran:

  • La residencia no lucrativa.
  • La autorización para teletrabajadores internacionales.
  • Las autorizaciones de trabajo por cuenta propia o ajena.
  • La residencia como familiar de un ciudadano de la Unión Europea o de nacional español.
  • Las autorizaciones para inversores que puedan continuar siendo aplicables conforme a los regímenes transitorios.
  • La residencia de larga duración cuando se cumplen los requisitos exigidos.

Uno de los errores más frecuentes consiste en pensar que ser propietario de una vivienda en España concede automáticamente el derecho a residir en el país. No es así. Propiedad inmobiliaria y residencia legal son cuestiones diferentes.

Viajar entre España y el Reino Unido ya no es igual

El Brexit también ha cambiado los viajes de corta duración.

Como regla general, los ciudadanos británicos pueden visitar España y el resto del espacio Schengen sin visado durante un máximo de 90 días dentro de cualquier periodo de 180 días.

Este límite no equivale a poder permanecer tres meses, salir unos días y volver inmediatamente para iniciar un nuevo periodo. El cálculo es móvil y debe revisarse teniendo en cuenta los 180 días anteriores a cada fecha de estancia.

Superar el límite puede provocar problemas en frontera, sanciones o dificultades para futuros viajes y solicitudes de residencia.

Por su parte, los ciudadanos españoles y otros ciudadanos europeos que viajen al Reino Unido necesitan normalmente un pasaporte en vigor. Además, para estancias cortas deben obtener previamente la autorización electrónica de viaje británica, conocida como ETA, salvo que estén incluidos en alguna de sus excepciones.

Por tanto, incluso los viajes turísticos o profesionales requieren ahora una mínima planificación documental.

Comprar una vivienda en España después del Brexit

El Brexit no impide que un ciudadano británico compre una propiedad en España, aunque lo hará como ciudadano de un tercer país.

Los británicos pueden seguir comprando viviendas, locales o terrenos, tanto para uso personal como para inversión. Sin embargo, la adquisición de una propiedad no modifica por sí sola las normas migratorias.

Un comprador puede ser propietario de una vivienda en España y, aun así, estar limitado por la regla de los 90 días dentro de 180 si no dispone de residencia.

Antes de comprar, resulta recomendable analizar conjuntamente:

  • El objetivo de la adquisición.
  • El tiempo que se pretende pasar en España.
  • La situación fiscal del comprador.
  • La posible obtención de residencia.
  • La forma de financiar la operación.
  • Las consecuencias sucesorias.
  • La conveniencia de comprar personalmente o mediante una sociedad.

La planificación previa evita que el cliente descubra, después de la compra, que su situación migratoria, fiscal o sucesoria no es la que esperaba.

Herencias entre España y el Reino Unido

Las sucesiones internacionales continúan siendo una de las áreas más delicadas tras el Brexit.

Cuando una persona británica posee bienes en España, pueden intervenir simultáneamente normas españolas, británicas y europeas. Es necesario determinar qué ley resulta aplicable a la sucesión, dónde se tramitará la herencia y qué impuestos pueden exigirse.

El Reglamento europeo de sucesiones continúa siendo especialmente relevante para los bienes situados en España, aunque el Reino Unido nunca participó plenamente en este instrumento.

Un testamento bien redactado puede incluir una elección expresa de la ley nacional del testador. Sin embargo, esa elección debe coordinarse correctamente con la legislación española y con cualquier testamento otorgado en el Reino Unido.

Tener dos testamentos incompatibles, o utilizar modelos genéricos sin coordinación internacional, puede generar retrasos, costes adicionales y conflictos entre herederos.

Divorcios y familias internacionales después del Brexit

El Brexit también ha alterado el marco jurídico de los divorcios internacionales y de los procedimientos relacionados con hijos, alimentos y responsabilidad parental.

Antes del Brexit, numerosos conflictos entre España y el Reino Unido se resolvían mediante reglamentos europeos comunes. Actualmente, pueden intervenir convenios internacionales, normas internas españolas y legislación británica.

Esto puede afectar a cuestiones como:

  • Qué tribunales son competentes.
  • Qué ley se aplica al divorcio.
  • El reconocimiento de sentencias.
  • La ejecución de resoluciones económicas.
  • Las medidas relativas a menores.
  • El traslado o retención internacional de hijos.
  • La reclamación de pensiones alimenticias.

En determinados casos, el tribunal ante el que se presente primero la demanda puede tener una importancia decisiva. Por ello, cuando existen vínculos con España y el Reino Unido, no conviene retrasar el asesoramiento jurídico.

¿Está acercándose de nuevo el Reino Unido a la Unión Europea?

Durante los últimos años se ha producido un cambio de tono en las relaciones entre el Reino Unido y la Unión Europea.

Ambas partes han mostrado interés en reforzar la cooperación en materias como seguridad, defensa, energía, movilidad juvenil, educación y comercio.

También se han producido avances específicos relacionados con Gibraltar y con la futura participación británica en determinados programas europeos.

Sin embargo, este acercamiento no significa que el Brexit haya sido revertido.

El Reino Unido continúa fuera de:

  • La Unión Europea.
  • El mercado único.
  • La unión aduanera.
  • El espacio Schengen.
  • El sistema general de libre circulación de personas.

Por tanto, aunque puedan alcanzarse nuevos acuerdos sectoriales, los ciudadanos y empresas no deben asumir que volverán automáticamente las condiciones existentes antes de 2016.

Brexit diez años después: de la incertidumbre a la planificación

Durante los primeros años, el Brexit estuvo marcado por la incertidumbre política.

Diez años después del referéndum, muchas de las reglas son más claras. El problema actual no suele ser la ausencia de normas, sino la falta de conocimiento sobre cómo se aplican a cada situación particular.

Una decisión aparentemente sencilla puede afectar simultáneamente a varias áreas jurídicas.

Por ejemplo, comprar una vivienda puede tener consecuencias migratorias, fiscales y sucesorias. Trasladarse a España puede afectar a la residencia fiscal, al sistema sanitario y a la situación del cónyuge. Un divorcio puede involucrar tribunales y leyes de dos países.

La mejor respuesta al Brexit no es actuar con miedo ni confiar en que todo funcione como antes. Es planificar.

¿Y ahora qué?

Diez años después, el Brexit no ha roto la relación entre España y el Reino Unido.

Los vínculos personales, empresariales, turísticos y familiares siguen siendo muy estrechos. Miles de británicos viven, trabajan o tienen propiedades en España, y numerosos españoles mantienen intereses personales o profesionales en el Reino Unido.

Pero ahora esas relaciones requieren más atención jurídica.

Antes de mudarse, comprar una vivienda, organizar una herencia, iniciar un divorcio internacional o desarrollar una actividad empresarial entre ambos países, es recomendable analizar la situación de manera global.

En Bennet & Rey asesoramos a clientes internacionales en asuntos relacionados con residencia, nacionalidad, familia, sucesiones y operaciones inmobiliarias en España.

Diez años después del referéndum, la pregunta ya no es únicamente qué consecuencias tuvo el Brexit.

La verdadera pregunta es: ¿cómo podemos organizar correctamente nuestra vida y nuestro patrimonio en esta nueva realidad?

Si necesitas mas información ponte en contacto con nosotros.

Envíanos un email a: [email protected]

o haz click aquí y reserva una cita con un abogado/a

Comprar una vivienda en España desde el extranjero: el proceso paso a paso

Comprar una vivienda en España sin residir en el país es perfectamente posible. De hecho, muchas operaciones inmobiliarias se realizan con compradores que viven en Reino Unido, Estados Unidos, Alemania u otros países y que no pueden desplazarse a España durante todo el proceso.

Sin embargo, la distancia puede añadir dificultades: documentos otorgados en otro país, transferencias internacionales, obtención del NIE, coordinación con bancos y notarías, diferencias entre los sistemas jurídicos y, sobre todo, el riesgo de firmar o entregar dinero sin haber revisado adecuadamente el inmueble.

Por eso, el proceso no debe comenzar con la firma de un contrato de arras, sino con una planificación jurídica y financiera correcta.

A continuación explicamos cómo comprar una vivienda en España desde el extranjero, paso a paso.

1. Definir el presupuesto total de la operación

El primer paso consiste en calcular cuánto se puede destinar realmente a la compra.

El presupuesto no debe limitarse al precio anunciado de la vivienda. También deben tenerse en cuenta:

  • Los impuestos derivados de la adquisición.
  • Los gastos notariales y registrales.
  • Los honorarios profesionales.
  • Los gastos de financiación, cuando exista una hipoteca.
  • Las posibles reformas o trabajos posteriores.
  • Los gastos de comunidad y mantenimiento del inmueble.

Como orientación general, es prudente reservar una cantidad adicional sobre el precio de compra para cubrir impuestos y gastos. El porcentaje exacto dependerá de si se trata de una vivienda nueva o de segunda mano, de la comunidad autónoma donde esté situada y de las circunstancias concretas del comprador.

Antes de presentar una oferta, conviene conocer el coste total aproximado de la operación y no únicamente el precio de venta.

2. Obtener el NIE

Los compradores extranjeros necesitan disponer de un Número de Identidad de Extranjero o NIE para realizar una operación inmobiliaria en España.

El NIE es un número de identificación administrativa y fiscal. No concede, por sí solo, autorización de residencia en España, pero resulta necesario para realizar numerosos trámites relacionados con la compra, el pago de impuestos y la titularidad del inmueble.

Puede solicitarse:

  • En España, ante la Policía Nacional.
  • En determinados consulados españoles en el extranjero.
  • A través de un representante debidamente autorizado.

Es recomendable iniciar este trámite con suficiente antelación. Aunque en ocasiones puede gestionarse durante la preparación de la compraventa, un retraso en la obtención del NIE puede afectar a la fecha prevista para la firma.

3. Valorar si es conveniente abrir una cuenta bancaria en España

No siempre es jurídicamente imprescindible disponer de una cuenta bancaria española para comprar una vivienda, pero en la práctica puede facilitar considerablemente la operación.

Una cuenta en España puede utilizarse para:

  • Pagar determinados gastos e impuestos.
  • Domiciliar los recibos de agua, electricidad o comunidad.
  • Abonar las cuotas de una hipoteca.
  • Pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  • Gestionar los gastos periódicos de la vivienda.

Los bancos deben comprobar la identidad del cliente y el origen de los fondos. Por ello, pueden solicitar declaraciones fiscales, contratos laborales, extractos bancarios, justificantes de ingresos o documentación relativa a la procedencia del dinero.

Esta comprobación debe prepararse con tiempo, especialmente cuando los fondos proceden de otro país, de la venta de un inmueble, de una herencia o de una sociedad.

4. Solicitar financiación antes de asumir compromisos

Cuando la compra depende de la obtención de una hipoteca, conviene iniciar el estudio financiero antes de firmar un contrato que obligue definitivamente al comprador.

La aprobación inicial de una financiación no equivale necesariamente a la aprobación definitiva. El banco deberá analizar tanto la solvencia del comprador como el valor y la situación jurídica del inmueble.

Uno de los errores más frecuentes consiste en firmar un contrato de arras y entregar una cantidad importante confiando en que la hipoteca será concedida posteriormente.

Si la compra depende de financiación, el contrato debe regular expresamente qué sucede si el préstamo hipotecario no es aprobado. Sin una cláusula adecuada, la falta de financiación podría no permitir recuperar las cantidades entregadas.

5. Elegir el inmueble y realizar una oferta

Una vez localizada la vivienda, puede presentarse una oferta al vendedor.

La oferta debería dejar claros, entre otros aspectos:

  • El precio propuesto.
  • El plazo previsto para la firma.
  • Si la compra depende de financiación.
  • Qué elementos se incluyen en la venta.
  • Si existen muebles, plazas de garaje o trasteros.
  • La fecha en la que se entregará la posesión.
  • Las condiciones a las que queda sometida la operación.

Cuando se entrega una cantidad en concepto de reserva, es fundamental saber qué se está firmando.

La denominación del documento —reserva, señal, depósito o arras— no es lo único importante. Lo decisivo es su contenido: si la cantidad es reembolsable, en qué circunstancias puede recuperarse, qué documentación debe entregar el vendedor y qué ocurre si aparecen problemas jurídicos o urbanísticos.

No debería entregarse una suma relevante sin comprender previamente las consecuencias del documento.

6. Realizar una revisión jurídica completa del inmueble

Antes de firmar el contrato definitivo, o de entregar una cantidad importante por ejemplo en arras, debe realizarse una due diligence o revisión jurídica del inmueble.

Esta revisión no consiste únicamente en solicitar una nota simple.

Entre otras cuestiones, conviene comprobar:

Titularidad y cargas

Debe verificarse que la persona que vende es realmente la propietaria y que tiene capacidad para transmitir la vivienda.

También hay que comprobar si existen:

  • Hipotecas.
  • Embargos.
  • Usufructos.
  • Servidumbres.
  • Prohibiciones de disponer.
  • Anotaciones preventivas.
  • Otras limitaciones registrales.

Si existe una hipoteca, el contrato debe regular cómo y cuándo será cancelada.

Información catastral y superficie

La descripción del inmueble en el Registro de la Propiedad debe compararse con la información catastral y con la realidad física.

Las diferencias de superficie, distribución o uso pueden ser relevantes y no siempre se solucionan automáticamente con la compraventa.

Situación urbanística

Debe comprobarse si las ampliaciones, cerramientos, terrazas, reformas o cambios de uso cuentan con las autorizaciones necesarias.

El hecho de que una obra exista desde hace años no significa necesariamente que esté correctamente legalizada.

Comunidad de propietarios

En viviendas integradas en una comunidad deben revisarse:

  • Las cuotas ordinarias.
  • Las derramas aprobadas o previsibles.
  • Las deudas del vendedor.
  • Las actas recientes.
  • Los litigios existentes.
  • Las limitaciones estatutarias que puedan afectar al uso del inmueble.

Esta revisión es especialmente importante cuando el comprador pretende destinar la vivienda al alquiler turístico o a otra actividad específica.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Debe comprobarse que el IBI se encuentra pagado y conocer su importe anual.

Ocupantes y arrendatarios

Es esencial confirmar que la vivienda se entregará libre de ocupantes, arrendatarios y terceros, salvo que el comprador haya aceptado expresamente otra situación.

Licencias y documentación técnica

Dependiendo del inmueble, también puede ser necesario revisar la licencia de primera ocupación, la cédula de habitabilidad cuando proceda, el certificado de eficiencia energética y otra documentación técnica o administrativa.

7. Negociar y firmar el contrato de arras

El contrato de arras es uno de los documentos más importantes de la operación.

En él suelen fijarse:

  • La identificación de las partes.
  • La descripción del inmueble.
  • El precio.
  • La cantidad entregada.
  • La fecha límite para firmar la escritura.
  • La distribución de gastos.
  • Las consecuencias del incumplimiento.
  • La cancelación de cargas.
  • La entrega de la posesión.
  • Las condiciones de financiación.
  • Los muebles o elementos incluidos.
  • La documentación pendiente.

No todos los contratos de arras permiten al comprador desistir simplemente perdiendo la cantidad entregada. Las consecuencias dependen de la naturaleza de las arras y de la redacción concreta del contrato.

Por ese motivo, no conviene utilizar un modelo estándar proporcionado automáticamente por una agencia o descargado de internet sin comprobar que protege las circunstancias particulares del comprador.

8. Otorgar un poder notarial cuando el comprador no pueda viajar

No es necesario desplazarse a España para todas las fases de la compra.

El comprador puede otorgar un poder notarial a favor de una persona de confianza o de su abogado para que realice en su nombre los actos expresamente autorizados.

El poder puede permitir, entre otras actuaciones:

  • Solicitar el NIE.
  • Firmar contratos.
  • Comparecer ante notario.
  • Comprar el inmueble.
  • Realizar gestiones bancarias concretas.
  • Pagar impuestos.
  • Presentar la escritura en el Registro de la Propiedad.
  • Contratar o cambiar suministros.

Cuando el poder se firma ante un notario extranjero, normalmente deberá cumplir los requisitos necesarios para producir efectos en España. Dependiendo del país, puede ser necesaria la Apostilla de La Haya o un procedimiento de legalización, además de una traducción jurada al español.

El contenido del poder debe prepararse cuidadosamente. Un poder demasiado limitado puede impedir la firma, mientras que uno excesivamente amplio puede otorgar facultades innecesarias.

9. Preparar la transferencia de los fondos

La forma de pago debe coordinarse antes de la firma.

El notario identificará los medios de pago utilizados en la operación. Además, el banco y los profesionales intervinientes pueden solicitar documentación que justifique el origen de los fondos.

El comprador debe comprobar:

  • Los límites de transferencia de su banco.
  • Los plazos de recepción del dinero.
  • Los costes por cambio de divisa.
  • La documentación que acreditará la procedencia de los fondos.
  • El medio de pago que se utilizará en notaría.
  • La cuenta exacta a la que debe transferirse el dinero.

Nunca debe enviarse dinero basándose únicamente en instrucciones recibidas por correo electrónico sin verificar previamente la cuenta bancaria por un medio independiente. El fraude mediante la sustitución de datos bancarios es un riesgo real en las operaciones inmobiliarias internacionales.

10. Firmar la escritura pública de compraventa

La compraventa se formaliza normalmente mediante escritura pública ante notario.

Antes de la firma, el notario comprobará determinados aspectos esenciales, como la identidad y capacidad de las partes, la titularidad registral, las cargas y los medios de pago.

Sin embargo, la intervención notarial no sustituye la revisión jurídica previa realizada en defensa exclusiva del comprador.

El notario actúa de forma imparcial. El abogado del comprador, en cambio, analiza la operación desde la perspectiva de su cliente, negocia las condiciones y detecta riesgos antes de que se llegue a la notaría.

En el momento de la firma se abona el precio pendiente y, salvo que se haya pactado una entrega diferida, se entregan las llaves y la posesión de la vivienda.

Si el vendedor va a continuar ocupando temporalmente el inmueble, esta situación debe regularse de forma detallada y por escrito, estableciendo la fecha de salida, los gastos, los seguros, las responsabilidades y las consecuencias de un posible retraso.

11. Pagar los impuestos correspondientes

Los impuestos dependen principalmente de si se compra una vivienda nueva o de segunda mano.

Vivienda de segunda mano

La compra suele estar sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. El tipo aplicable varía según la comunidad autónoma y pueden existir tipos reducidos en determinadas circunstancias.

Vivienda nueva

La primera transmisión realizada por el promotor suele estar sujeta al IVA y, además, al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.

La fiscalidad debe calcularse antes de la compra, ya que puede representar una parte importante del coste total de la operación.

12. Inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad

Después de la firma y del pago de los impuestos, la escritura debe presentarse en el Registro de la Propiedad.

La inscripción permite que el derecho del comprador quede protegido registralmente frente a terceros.

Aunque en el sistema español la inscripción de la compraventa no tiene siempre carácter constitutivo, resulta esencial para garantizar la seguridad jurídica de la adquisición y facilitar futuras operaciones, como una venta o una hipoteca.

13. Cambiar la titularidad de los suministros y gestionar los gastos posteriores

Finalizada la compra, habrá que gestionar:

  • El cambio de titularidad del agua, electricidad y gas.
  • La comunicación con la comunidad de propietarios.
  • La domiciliación del IBI.
  • La contratación del seguro.
  • La conservación de facturas y justificantes.
  • La gestión de la vivienda si va a permanecer vacía o alquilada.

Los propietarios no residentes también pueden tener obligaciones fiscales en España aunque la vivienda no esté alquilada.

Por ello, es recomendable recibir asesoramiento sobre la tributación anual del inmueble después de la compra.

¿Es posible comprar una vivienda en España sin viajar?

Sí. La mayor parte del proceso puede organizarse a distancia y la escritura puede firmarse mediante un representante con poder notarial.

No obstante, comprar sin viajar exige una coordinación especialmente cuidadosa. La distancia no debería convertirse en una razón para firmar deprisa, aceptar documentos sin revisar o transferir dinero antes de comprobar la operación.

Una buena planificación permite que el comprador conozca en cada momento:

  • Qué está firmando.
  • Qué cantidad está entregando.
  • Qué riesgos existen.
  • Qué documentación se ha revisado.
  • Qué trámites quedan pendientes.
  • Cuál será el coste total de la operación.

Asesoramiento jurídico para comprar una vivienda en España desde el extranjero

En Bennet & Rey asesoramos a compradores internacionales durante todo el proceso de adquisición de una vivienda en España.

Nuestro trabajo puede incluir:

  • Revisión de la reserva y de la oferta.
  • Due diligence jurídica del inmueble.
  • Revisión registral, catastral y urbanística.
  • Negociación del contrato de arras.
  • Coordinación con la agencia inmobiliaria, el banco y la notaría.
  • Preparación de poderes notariales.
  • Asistencia en la firma de la compraventa.
  • Pago de impuestos e inscripción registral.
  • Gestión posterior de suministros y documentación.

Comprar desde el extranjero es posible. La clave no es estar físicamente en España, sino disponer de información clara, control jurídico de la operación y una persona de confianza que represente los intereses del comprador en cada etapa.

¿Está pensando en comprar una vivienda en España desde otro país?

Puedes ponerte en contacto con Bennet & Rey para recibir asesoramiento jurídico personalizado y conocer los pasos necesarios antes de entregar una reserva o firmar un contrato. Estaremos encantados de atenderte.

Envíanos un email a: [email protected]

O reserva una consulta con abogado haciendo click aquí

¡Gracias!

Multas por el uso incorrecto de la IA: lo que autónomos y pymes deben saber

La inteligencia artificial ya forma parte del trabajo cotidiano de muchas empresas.

Autónomos, comercios, despachos profesionales y pequeñas y medianas empresas utilizan herramientas como ChatGPT, Microsoft Copilot y otros sistemas de inteligencia artificial para redactar documentos, atender consultas, preparar campañas de publicidad, analizar información o mejorar sus procesos internos.

Utilizar estas herramientas no es ilegal.

Sin embargo, su uso profesional no está exento de obligaciones. El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial establece un sistema de responsabilidades y sanciones que también puede afectar a autónomos y pymes.

La cuestión no es solamente si una empresa utiliza inteligencia artificial, sino cómo la utiliza, para qué finalidad y qué consecuencias puede producir para sus clientes, trabajadores, candidatos o consumidores.

¿Puede multarse a una pyme por utilizar inteligencia artificial?

Sí.

Una pyme o un autónomo puede quedar sometido al Reglamento cuando utiliza un sistema de inteligencia artificial dentro de su actividad profesional.

El Reglamento denomina “responsable del despliegue” a la persona física o jurídica que utiliza un sistema de IA bajo su propia autoridad, salvo cuando se trate de una actividad exclusivamente personal y no profesional.

Esto significa que una empresa no necesita haber creado su propio sistema de inteligencia artificial para asumir responsabilidades.

Puede ser suficiente con que lo utilice para adoptar decisiones, seleccionar candidatos, evaluar trabajadores, clasificar clientes, generar contenidos o prestar servicios.

No obstante, no todos los usos de la IA tienen el mismo nivel de riesgo.

El Reglamento establece un sistema basado en el riesgo. Las obligaciones más exigentes se reservan para determinadas prácticas prohibidas y para los sistemas considerados de alto riesgo.

¿Desde cuándo se aplica el Reglamento Europeo de IA?

El Reglamento se aplica de forma progresiva.

Las disposiciones generales y las prohibiciones de determinadas prácticas de IA comenzaron a aplicarse el 2 de febrero de 2025.

Las normas relativas a las sanciones comenzaron a aplicarse el 2 de agosto de 2025.

Con carácter general, el Reglamento será aplicable desde el 2 de agosto de 2026, aunque algunas obligaciones concretas tienen fechas posteriores.

Por tanto, las empresas no deberían esperar al último momento para revisar cómo están utilizando la inteligencia artificial.

¿Qué multas establece el Reglamento Europeo de IA?

El Reglamento contempla tres niveles principales de sanciones administrativas.

1. Prácticas de inteligencia artificial prohibidas

El incumplimiento de la prohibición de determinadas prácticas de IA puede sancionarse con multas de hasta:

35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocio mundial anual de la empresa.

Entre las prácticas prohibidas se encuentran, en determinadas circunstancias, los sistemas que manipulan el comportamiento de las personas, explotan situaciones de vulnerabilidad, realizan determinadas formas de puntuación social o utilizan sistemas biométricos prohibidos.

2. Incumplimiento de otras obligaciones del Reglamento

El incumplimiento de otras obligaciones aplicables a proveedores, responsables del despliegue, importadores, distribuidores u organismos notificados puede sancionarse con multas de hasta:

15 millones de euros o el 3 % del volumen de negocio mundial anual.

Este nivel puede afectar, entre otras cuestiones, al incumplimiento de obligaciones relacionadas con sistemas de alto riesgo, transparencia, documentación, supervisión humana o cooperación con las autoridades.

3. Información incorrecta, incompleta o engañosa

Facilitar información incorrecta, incompleta o engañosa a las autoridades u organismos competentes puede sancionarse con multas de hasta:

7,5 millones de euros o el 1,5 % del volumen de negocio mundial anual.

¿Se aplican esas cantidades también a las pymes?

El Reglamento tiene en cuenta expresamente la situación de las pequeñas y medianas empresas, incluidas las empresas emergentes.

Cuando el infractor es una pyme, el límite máximo será, en cada categoría, la cantidad menor entre:

  • el importe fijo establecido por el Reglamento; y
  • el porcentaje correspondiente de su volumen de negocio anual.

Por ejemplo, en una empresa que facture 500.000 euros al año, los límites porcentuales serían:

  • Hasta 35.000 euros por una práctica de IA prohibida: el 7 %.
  • Hasta 15.000 euros por otros incumplimientos: el 3 %.
  • Hasta 7.500 euros por facilitar información incorrecta, incompleta o engañosa: el 1,5 %.

Esto no significa que la sanción vaya a imponerse automáticamente por esas cantidades.

La autoridad competente deberá valorar las circunstancias concretas y aplicar sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias.

Entre otros factores, podrán tenerse en cuenta:

  • la naturaleza y gravedad de la infracción;
  • su duración;
  • el número de personas afectadas;
  • los daños producidos;
  • la intencionalidad o negligencia;
  • las medidas adoptadas para corregir el incumplimiento;
  • la cooperación con las autoridades;
  • la reincidencia;
  • y la capacidad económica de la empresa.

¿Utilizar ChatGPT puede generar una multa?

La utilización de ChatGPT, Copilot u otras herramientas similares no constituye por sí sola una infracción.

El riesgo aparece cuando la empresa utiliza la inteligencia artificial sin establecer controles adecuados o para finalidades que pueden afectar a los derechos de otras personas.

Algunos ejemplos serían:

  • introducir datos personales o información confidencial de clientes sin analizar previamente sus riesgos;
  • utilizar IA para seleccionar o descartar candidatos sin supervisión humana suficiente;
  • evaluar el rendimiento o comportamiento de los trabajadores mediante sistemas automatizados;
  • publicar imágenes, vídeos o audios manipulados sin cumplir las obligaciones de transparencia;
  • tomar decisiones relevantes basándose exclusivamente en una respuesta generada por IA;
  • utilizar herramientas que produzcan resultados discriminatorios o sesgados;
  • o permitir que el personal utilice sistemas de IA sin formación ni instrucciones internas.

Además del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, pueden resultar aplicables otras normas, como el Reglamento General de Protección de Datos, la legislación laboral, la normativa de consumidores, la propiedad intelectual o los deberes de confidencialidad profesional.

La formación en inteligencia artificial también es una obligación

El Reglamento establece que los proveedores y responsables del despliegue deben adoptar medidas para garantizar un nivel suficiente de alfabetización en materia de inteligencia artificial de las personas que utilizan estos sistemas en su nombre.

Esto no significa necesariamente convertir a todos los trabajadores en expertos técnicos.

Significa que deben comprender, de acuerdo con sus funciones:

  • Qué herramientas pueden utilizar;
  • Qué datos no deben introducir;
  • Cuáles son las limitaciones del sistema;
  • Cuándo deben revisar sus resultados;
  • Qué riesgos puede generar su uso;
  • y cuándo resulta necesaria la intervención humana.

Permitir que los trabajadores utilicen inteligencia artificial sin formación, protocolo o supervisión puede generar un riesgo innecesario para la empresa.

¿Qué debería hacer ahora una pyme?

La primera medida no consiste en prohibir la inteligencia artificial.

Consiste en conocer cómo se está utilizando realmente dentro de la organización.

Muchas empresas creen que no utilizan IA de forma relevante, cuando sus trabajadores ya la emplean para resumir documentos, redactar comunicaciones, analizar currículos, preparar presupuestos, generar imágenes o responder consultas.

Una revisión inicial debería incluir las siguientes medidas.

1. Identificar las herramientas utilizadas

La empresa debe saber qué sistemas de IA utilizan sus trabajadores, colaboradores y proveedores.

2. Analizar para qué se utilizan

No presenta el mismo riesgo utilizar IA para corregir un texto que emplearla para seleccionar trabajadores o decidir qué cliente puede acceder a un servicio.

3. Clasificar el nivel de riesgo

Debe comprobarse si el sistema encaja en una práctica prohibida, un sistema de alto riesgo, un sistema sujeto a transparencia o un uso de riesgo limitado.

4. Revisar los datos introducidos

Es necesario analizar si se incorporan datos personales, información confidencial, secretos empresariales o documentación de clientes.

5. Establecer supervisión humana

Las respuestas generadas por IA no deberían aceptarse automáticamente, especialmente cuando pueden producir consecuencias jurídicas, económicas o personales.

6. Formar al personal

Los trabajadores deben recibir instrucciones claras y proporcionadas sobre el uso permitido de la inteligencia artificial.

7. Aprobar una política interna de IA

Una política interna puede establecer qué herramientas están autorizadas, para qué finalidades pueden utilizarse y qué controles deben aplicarse.

Cumplir la normativa sin frenar la innovación

El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial no pretende impedir que las empresas utilicen esta tecnología.

Su finalidad es promover una inteligencia artificial segura, transparente y respetuosa con los derechos fundamentales.

Para autónomos y pymes, el cumplimiento no tiene por qué convertirse en una carga desproporcionada. Las medidas deben adaptarse al tamaño de la empresa, al tipo de actividad y al riesgo real de los sistemas utilizados.

Pero ignorar la normativa o confiar únicamente en que “todo el mundo utiliza IA” puede generar problemas jurídicos, reputacionales y económicos.

La mejor prevención consiste en revisar el uso actual de la inteligencia artificial, identificar los riesgos y establecer reglas internas claras antes de que se produzca una incidencia.

¿Cómo puede ayudarle Bennet & Rey?

En Bennet & Rey ofrecemos un servicio de diagnóstico jurídico y elaboración de protocolos para el uso responsable de la inteligencia artificial en pymes y despachos profesionales.

El servicio puede incluir:

  • identificación de las herramientas de inteligencia artificial utilizadas en la empresa;
  • análisis de los usos y riesgos jurídicos;
  • revisión del tratamiento de datos personales e información confidencial;
  • clasificación de los sistemas según su nivel de riesgo;
  • elaboración de una política interna de utilización de la IA;
  • protocolos de supervisión humana;
  • cláusulas para trabajadores, colaboradores y proveedores;
  • y recomendaciones de formación y alfabetización en materia de IA.

El objetivo no es impedir que la empresa utilice inteligencia artificial, sino ayudarla a utilizarla de forma segura, proporcionada y adaptada a su actividad.

Cada organización utiliza la IA de una manera diferente. Por ello, el primer paso debe ser realizar un diagnóstico individualizado y determinar qué medidas necesita realmente.

¿Utiliza inteligencia artificial en su empresa y no sabe si está cumpliendo la normativa?

Contacta con Bennet & Rey para solicitar un diagnóstico jurídico del uso de la inteligencia artificial.

Email: [email protected]

Divorcio internacional: la importancia de aplicar bien la norma

El Derecho de Familia suele asociarse a conflictos humanos muy concretos: divorcios, hijos, pensiones de alimentos, custodias, viviendas familiares o relaciones entre progenitores.

Pero detrás de esas situaciones personales existe, muchas veces, una arquitectura jurídica compleja. Y esa complejidad aumenta de forma considerable cuando el asunto tiene elementos internacionales.

✔️Un cónyuge vive en España y el otro en Japón.
✔️Uno de los progenitores reside en Reino Unido.
✔️Los hijos están en otro país.
✔️Hay distintas nacionalidades.
✔️Existe un procedimiento abierto en el extranjero.
✔️O se pretende que una resolución española pueda producir efectos fuera de España.

En esos casos, el Derecho de Familia deja de ser únicamente una cuestión de Código Civil o de Ley de Enjuiciamiento Civil. Entra en juego el Derecho Internacional Privado, los Reglamentos europeos, los convenios internacionales y, solo cuando corresponde, la normativa interna española.

Y aquí es donde la especialización deja de ser una ventaja y se convierte en una necesidad.

No basta con saber Derecho de Familia: hay que saber qué norma se aplica primero

Una de las cuestiones más delicadas en los procedimientos de familia internacional es determinar qué tribunales son competentes.

Parece una pregunta sencilla: ¿pueden conocer del asunto los tribunales españoles?

Pero la respuesta no lo es.

La respuesta no está siempre en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

En materia internacional, el sistema de fuentes exige comprobar:

1) en primer lugar, si existe un Reglamento de la Unión Europea aplicable.

2) Después, si hay un convenio internacional relevante.

3) Y solo en defecto de estas normas, o cuando ellas mismas remiten al derecho interno, procede acudir a la normativa española.

Este orden no es una cuestión académica. Puede decidir si un procedimiento sigue adelante en España o si se archiva. Puede afectar a la estrategia procesal, a los tiempos, a los recursos y a la posibilidad de ejecutar una resolución en otro país.

Un ejemplo reciente: España, Japón y la competencia internacional

La Revista de la Asociación Española de Abogados de Familia ha publicado recientemente un artículo jurídico muy interesante sobre el sistema de fuentes en Derecho Internacional Privado en materia de competencia internacional.

En él se analiza una resolución de la Audiencia Provincial de Valladolid, el Auto n.º 07/2026, de 13 de enero, dictado en un asunto de divorcio con medidas de responsabilidad parental y alimentos. El caso tenía un claro componente internacional: un esposo español residente en España y una esposa japonesa residente en Japón, donde también se encontraba el hijo común.

La resolución finalmente declaró la competencia de los tribunales españoles. Pero lo jurídicamente relevante no era solo el resultado, sino el camino utilizado para llegar a él.

El comentario doctrinal destacaba que, en un asunto de estas características, la competencia para el divorcio no debía fundarse directamente en la LOPJ (Ley Orgánica del Poder Judicial), sino en el Reglamento UE/2019/1111. Es decir, la norma europea era la que debía analizarse en primer lugar.

Este matiz es esencial.

Cuando existe un Reglamento europeo aplicable, no podemos saltar directamente a la norma interna española solo porque el otro país implicado no pertenezca a la Unión Europea. Esa es precisamente una de las confusiones más frecuentes en la práctica.

Que el otro país no sea de la UE no significa que el Reglamento europeo no importe

Este punto es especialmente importante para familias internacionales.

A veces se piensa que, si el otro Estado implicado es Japón, Estados Unidos, Reino Unido tras el Brexit o cualquier otro tercer Estado, entonces los Reglamentos europeos dejan de ser relevantes.

Pero esa conclusión puede ser equivocada.

Los Reglamentos europeos no se aplican únicamente cuando todos los países implicados son Estados miembros. En muchos casos, actúan como normas de competencia internacional de los tribunales españoles, aunque el conflicto tenga conexión con un tercer Estado.

Dicho de forma sencilla: la pregunta no es solo si el otro país pertenece o no a la Unión Europea. La pregunta correcta es si el tribunal español, como tribunal de un Estado miembro, debe aplicar una norma europea para determinar su propia competencia.

Y muchas veces la respuesta será sí.

Divorcio, responsabilidad parental y alimentos: no siempre siguen la misma regla

Otro error frecuente es tratar el procedimiento de familia internacional como si todo pudiera resolverse con una única norma.

Pero un mismo caso puede contener varias materias jurídicas distintas:

  • la disolución del matrimonio;
  • la responsabilidad parental;
  • las medidas relativas a los hijos;
  • la pensión de alimentos;
  • la vivienda familiar;
  • la litispendencia internacional;
  • el reconocimiento y ejecución de resoluciones.

Cada una de estas cuestiones puede estar sujeta a reglas diferentes.

En el caso comentado, el análisis diferenciaba entre la competencia para el divorcio, la competencia para la responsabilidad parental y la competencia para los alimentos. Y esa distinción es fundamental.

La competencia para el divorcio podía venir determinada por el Reglamento UE/2019/1111. La responsabilidad parental podía exigir otro análisis, especialmente si ningún Estado miembro tenía competencia y había que acudir a la norma interna por remisión del propio Reglamento. Y los alimentos debían examinarse a la luz del Reglamento CE/4/2009, no como una simple consecuencia automática de la LOPJ.

Este tipo de análisis técnico es precisamente lo que exige el Derecho de Familia internacional.

La LOPJ no desaparece, pero no siempre es el punto de partida

La Ley Orgánica del Poder Judicial sigue siendo una norma importante. Pero en materia internacional no siempre es la primera norma que debe aplicarse.

En algunos casos opera de forma residual. En otros, se aplica porque una norma europea remite a la legislación nacional. Y en otros, directamente queda desplazada por un Reglamento europeo o por un convenio internacional aplicable.

Por eso no basta con decir: “aplicamos la LOPJ”.

Antes hay que preguntarse:

¿Existe un Reglamento europeo aplicable?
¿Existe un convenio internacional?
¿La norma europea desplaza la norma interna?
¿La norma europea permite acudir a la ley nacional?
¿Estamos ante divorcio, responsabilidad parental o alimentos?
¿Hay un procedimiento abierto en otro país?
¿La resolución española podrá ser reconocida o ejecutada fuera?

Estas preguntas no son teóricas. Son estrategia procesal.

La especialización evita errores que pueden costar muy caro

En Derecho de Familia internacional, un error en la norma aplicable puede tener consecuencias importantes.

Puede generar una declinatoria internacional.
Puede retrasar el procedimiento.
Puede obligar a recurrir.
Puede provocar inseguridad jurídica.
Puede dificultar la ejecución de una resolución en otro país.
E incluso puede llevar al archivo del procedimiento si se declara la falta de competencia de los tribunales españoles.

Y cuando hablamos de familia, estos problemas no son meramente procesales.

Afectan a menores, alimentos, tiempos de convivencia, estabilidad económica, decisiones parentales y relaciones personales profundamente sensibles.

Por eso, el abogado de familia internacional debe hacer un trabajo previo muy riguroso. Antes de presentar una demanda, debe estudiar no solo los hechos, sino también la arquitectura jurídica internacional del caso.

Una cuestión de técnica, pero también de responsabilidad

El Derecho Internacional Privado es una materia compleja. Sus reglas no siempre son intuitivas. Y precisamente por eso, quienes trabajamos en Derecho de Familia tenemos la responsabilidad de plantear bien los asuntos desde el principio.

El abogado especialista debe ayudar al tribunal a identificar correctamente las normas aplicables, distinguir entre materias, ordenar las fuentes y explicar por qué una norma europea, un convenio internacional o una norma interna debe prevalecer en cada caso.

Una buena demanda no solo cuenta una historia familiar. También construye correctamente el fundamento jurídico que permite al tribunal resolver.

Conclusión

El Derecho de Familia internacional exige sensibilidad, pero también precisión técnica.

No basta con saber que una persona vive en España o que otra reside en el extranjero. Hay que analizar qué Reglamento europeo se aplica, si existe un convenio internacional, cuándo entra en juego la LOPJ y qué consecuencias procesales tiene cada decisión.

La diferencia entre aplicar una norma u otra puede cambiar el curso completo del procedimiento.

En Bennet & Rey Abogados asesoramos a clientes nacionales e internacionales en asuntos de Derecho de Familia con elementos transfronterizos: divorcios internacionales, responsabilidad parental, alimentos, procedimientos con Reino Unido, Estados Unidos, países de la Unión Europea y terceros Estados.

Porque en los asuntos de familia internacional, elegir bien la estrategia jurídica desde el principio puede marcar una diferencia decisiva.

Si necesitas asesoramiento, nos encantará ayudarte. Envíanos un email a: [email protected]

o haz click aquí y reserva una cita con un abogado/a

¿Está preparada tu empresa para el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial?

La inteligencia artificial ya no es una cuestión de futuro. Está en los correos que redactamos, en los chatbots que atienden clientes, en las herramientas que analizan datos, en los sistemas de selección de personal, en la publicidad, en la traducción automática, en la generación de imágenes y en muchos procesos internos de las empresas.

Pero a partir del 2 de agosto de 2026, el uso de la inteligencia artificial en la Unión Europea entra en una nueva etapa regulatoria.

El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, conocido también como AI Act, será plenamente aplicable, con algunas excepciones y un calendario progresivo de aplicación.

Su objetivo no es prohibir la inteligencia artificial, sino regularla para que se utilice de forma segura, transparente y respetuosa con los derechos fundamentales.

La pregunta que muchas empresas deberían hacerse no es si usan inteligencia artificial. La verdadera pregunta es:

¿Sabemos exactamente qué herramientas de IA estamos utilizando, para qué las usamos y qué riesgos legales pueden implicar?

¿Qué es el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial?

El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial es la primera gran norma europea que regula de forma específica el uso, desarrollo y comercialización de sistemas de IA.

Su enfoque se basa en el nivel de riesgo. No todas las herramientas de IA tienen el mismo impacto ni requieren las mismas obligaciones. No es lo mismo utilizar una herramienta para corregir un texto que usar un sistema automatizado para seleccionar candidatos, valorar la solvencia de una persona, analizar datos biométricos o tomar decisiones que afecten a derechos fundamentales.

Por eso, el Reglamento distingue entre distintos niveles de riesgo:

✔️Riesgo inaceptable: sistemas de IA prohibidos.

✔️Alto riesgo: sistemas que pueden afectar a derechos, seguridad, empleo, educación, migración, infraestructuras críticas u otros ámbitos sensibles.

✔️Riesgo limitado: sistemas sujetos principalmente a obligaciones de transparencia.

✔️Riesgo mínimo: usos cotidianos con menor carga regulatoria.

¿Por qué debe preocupar a las empresas?

Muchas empresas creen que esta norma solo afecta a grandes tecnológicas o a compañías que desarrollan inteligencia artificial. Esa es una suposición peligrosa.

El Reglamento puede afectar también a empresas que utilizan sistemas de IA en su actividad diaria, aunque no los hayan creado. Por ejemplo, una empresa puede estar usando IA en:

  • selección de personal;
  • atención al cliente;
  • análisis de datos;
  • generación de contenidos;
  • marketing;
  • scoring o valoración de clientes;
  • gestión documental;
  • herramientas de productividad;
  • traducción o revisión de contratos;
  • automatización de decisiones internas.

El problema no está solo en usar IA. El problema aparece cuando se usa sin saber exactamente qué herramienta se está utilizando, qué datos se introducen, quién accede a esa información, qué decisiones se automatizan y qué impacto puede tener sobre clientes, trabajadores o terceros.

¿Qué obligaciones pueden surgir?

Las obligaciones dependerán del tipo de sistema, del papel de la empresa y del nivel de riesgo.

No tendrá las mismas obligaciones una empresa que desarrolla una herramienta de IA que una empresa que simplemente la utiliza. Tampoco será igual usar IA para redactar un borrador interno que utilizarla para tomar decisiones relevantes sobre personas.

Entre las obligaciones que pueden resultar aplicables están:

  • identificar qué sistemas de IA se utilizan en la empresa;
  • clasificar el nivel de riesgo;
  • informar cuando una persona interactúa con una IA;
  • garantizar supervisión humana;
  • documentar determinados usos;
  • revisar proveedores y contratos;
  • establecer políticas internas de uso responsable;
  • formar al personal en el uso adecuado de la IA;
  • evitar prácticas prohibidas;
  • proteger datos personales y confidenciales;
  • controlar el uso de herramientas generativas como ChatGPT, Copilot u otras similares.

Además, el Reglamento contempla sanciones relevantes. En los casos más graves, el incumplimiento de prácticas prohibidas puede conllevar multas de hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocios anual mundial, la cifra que sea superior. Para otros incumplimientos, también se prevén sanciones significativas.

El error más frecuente: pensar que “solo estamos probando”

Muchas empresas están en una fase aparentemente informal: prueban herramientas, automatizan tareas, generan textos, analizan datos o incorporan asistentes de IA sin una política clara.

Pero desde el punto de vista jurídico, “estar probando” no siempre elimina el riesgo.

Si en esas pruebas se introducen datos personales, información confidencial, documentos de clientes, datos de empleados o decisiones con impacto real, la empresa puede estar generando una exposición legal innecesaria.

La inteligencia artificial puede ser una herramienta extraordinaria, pero debe utilizarse con criterio, trazabilidad y prudencia.

¿Qué debería hacer una empresa antes del 2 de agosto de 2026?

Sin necesidad de alarmismo, sí conviene empezar a trabajar de forma ordenada.

Una primera revisión debería incluir:

  1. Inventario de herramientas de IA
    Saber qué herramientas se usan, quién las usa y para qué.
  2. Clasificación del riesgo
    Determinar si el uso es de bajo riesgo, riesgo limitado o puede encajar en una categoría de alto riesgo.
  3. Revisión de datos
    Analizar si se introducen datos personales, datos sensibles, secretos empresariales o información confidencial.
  4. Política interna de uso de IA
    Establecer reglas claras para empleados y colaboradores.
  5. Revisión de proveedores
    Comprobar condiciones contractuales, protección de datos, ubicación de servidores, confidencialidad y responsabilidades.
  6. Transparencia
    Valorar cuándo hay que informar al cliente, usuario o trabajador de que está interactuando con IA o de que se ha generado contenido mediante IA.
  7. Formación
    El personal debe saber qué puede hacer con IA y qué no debería hacer.

IA sí, pero con responsabilidad

La inteligencia artificial no debe verse como una amenaza en sí misma. Bien utilizada, puede ahorrar tiempo, mejorar procesos y aumentar la productividad de una empresa.

Pero el entusiasmo tecnológico no debe sustituir al criterio jurídico.

El nuevo Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial obliga a las empresas a pasar de la improvisación a la gestión responsable. Ya no basta con decir “usamos una herramienta”. Habrá que poder explicar qué se usa, con qué finalidad, con qué datos, bajo qué control y con qué garantías.

Conclusión

El 2 de agosto de 2026 marca una fecha clave para la aplicación del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial.

Las empresas que ya están utilizando IA deberían empezar a revisar sus procesos cuanto antes. No se trata de dejar de innovar, sino de hacerlo con seguridad jurídica.

En Bennet & Rey Abogados podemos ayudarte a revisar el uso de inteligencia artificial en tu empresa, identificar posibles riesgos y preparar una política interna adaptada a tus necesidades.

La inteligencia artificial puede ser una gran aliada. Pero solo si se utiliza con cabeza, transparencia y responsabilidad.

Si tienes alguna pregunta no dudes en contactar con nosotros.

Envíanos un email a: [email protected]

Mi ex me está poniendo las cosas difíciles después del divorcio: ¿qué puedo hacer legalmente?

El divorcio no siempre pone fin al conflicto.

En muchos casos, la parte más difícil empieza después: cuando ya existe una sentencia o un convenio aprobado judicialmente, pero uno de los ex cónyuges no coopera.

Puede ocurrir de muchas formas.

✔️Tu ex puede retrasarse en los pagos.
✔️Puede impedir o dificultar el régimen de visitas.
✔️Puede tomar decisiones sobre los hijos sin consultarte.
✔️Puede ignorar mensajes, generar tensión constante o utilizar pequeños problemas prácticos para mantener vivo el conflicto.

Si esto te está ocurriendo, lo primero que debes saber es esto:

No estás indefenso.

Pero también es importante elegir bien la respuesta legal. No todo comportamiento difícil justifica acudir inmediatamente al juzgado. Sin embargo, cuando existe un incumplimiento claro de una sentencia de divorcio o de un convenio aprobado judicialmente, sí pueden existir vías legales.

1. Identificar bien el problema

Antes de iniciar cualquier actuación legal, es importante concretar exactamente qué está ocurriendo.

¿Tu ex está:

  • dejando de pagar la pensión de alimentos o la pensión compensatoria?
  • impidiendo o dificultando el contacto con los hijos?
  • incumpliendo los periodos de vacaciones?
  • tomando decisiones unilaterales sobre colegio, salud o viajes?
  • negándose a firmar documentos necesarios?
  • incumpliendo lo acordado sobre la vivienda familiar?
  • ignorando de forma reiterada la sentencia o el convenio?
  • generando conflicto constante para hacer imposible la coparentalidad?

Este primer paso es fundamental, porque la vía legal dependerá del tipo de incumplimiento.

La sensación de que tu ex “te lo está poniendo difícil” puede ser totalmente comprensible desde el punto de vista emocional, pero jurídicamente necesitamos identificar hechos concretos, fechas, documentos y consecuencias.

2. Revisar qué dice exactamente la sentencia o el convenio

Muchos conflictos posteriores al divorcio se producen porque una parte se basa en lo que cree que se acordó, y no en lo que realmente dice la sentencia o el convenio.

Antes de enviar requerimientos o acudir al juzgado, conviene revisar:

  • la sentencia de divorcio;
  • el convenio regulador aprobado judicialmente;
  • el régimen de custodia y visitas;
  • la pensión de alimentos;
  • la pensión compensatoria, si existe;
  • los periodos de vacaciones;
  • las reglas sobre la vivienda familiar;
  • las obligaciones sobre gastos, documentos o comunicación.

La pregunta no es solo si tu ex se está comportando de forma injusta.

La pregunta jurídica es:

¿Está incumpliendo una obligación concreta?

Si la respuesta es sí, puede haber margen de actuación.

3. Guardar pruebas

Si tu ex no está cumpliendo lo acordado, la prueba es esencial.

Conviene conservar:

  • correos electrónicos;
  • mensajes de WhatsApp;
  • justificantes de cantidades impagadas;
  • movimientos bancarios;
  • comunicaciones del colegio;
  • documentos de viaje;
  • pruebas de visitas canceladas;
  • solicitudes escritas de cooperación;
  • cualquier requerimiento previo enviado.

Es importante evitar mensajes agresivos o excesivamente emocionales. Esos mensajes pueden acabar siendo leídos en un juzgado.

Lo más recomendable es comunicarse de forma clara, serena y por escrito.

Por ejemplo:

“Te solicito que cumplas el régimen de vacaciones establecido en la sentencia de fecha…”

o

“La pensión correspondiente al mes de (mes) no ha sido abonada. Por favor, confirma cuándo se realizará el pago.”

Este tipo de comunicación deja constancia sin elevar innecesariamente el conflicto.

4. ¿Cuándo se puede ejecutar una sentencia de divorcio en España?

Si existe una sentencia española de divorcio o un convenio aprobado judicialmente, y tu ex no lo está cumpliendo, puede ser posible iniciar un procedimiento de ejecución.

Esto puede ser relevante cuando existe:

  • impago de pensiones;
  • incumplimiento reiterado del régimen de visitas;
  • negativa a entregar o devolver a los hijos en los horarios establecidos;
  • incumplimiento de obligaciones económicas;
  • incumplimiento relativo al uso o entrega de una vivienda;
  • incumplimiento de otras obligaciones fijadas judicialmente.

La ejecución no sirve para volver a discutir todo el divorcio.

Sirve para pedir al juzgado que se cumpla lo que ya ha sido acordado o resuelto.

5. ¿Y si el problema afecta a los hijos?

Los conflictos posteriores al divorcio que afectan a los hijos deben tratarse con especial cuidado.

Si el problema se refiere al ejercicio de la patria potestad —por ejemplo, elección de colegio, tratamientos médicos, pasaportes, viajes internacionales o cambios importantes— no siempre estaremos ante una simple ejecución.

En algunos casos puede ser necesario pedir al juzgado que resuelva un desacuerdo entre progenitores.

Esto es especialmente importante cuando uno de los padres bloquea decisiones necesarias o actúa de forma unilateral en asuntos relevantes.

En estos procedimientos, el foco principal será normalmente el interés superior del menor, no castigar a uno de los progenitores.

6. ¿Qué ocurre si tu ex no paga la pensión?

Si no se paga la pensión de alimentos o la pensión compensatoria, el primer paso es calcular exactamente la deuda.

Normalmente será necesario reunir:

  • la sentencia o el convenio;
  • la cantidad mensual que debía pagarse;
  • extractos bancarios que acrediten el impago o pago parcial;
  • cálculo de atrasos;
  • prueba de requerimientos previos, si los hay.

En España, las pensiones impagadas pueden reclamarse normalmente mediante ejecución civil.

En supuestos más graves, el impago persistente puede llegar a tener relevancia penal, pero esto debe analizarse con prudencia. No todo retraso o pago parcial constituye automáticamente un delito.

7. ¿Conviene enviar primero un requerimiento formal?

En muchos casos, sí.

Un requerimiento formal puede ser útil porque:

  • concreta el incumplimiento;
  • da a la otra parte una última oportunidad de cumplir;
  • demuestra que se ha actuado razonablemente;
  • puede evitar el procedimiento judicial;
  • genera prueba documental.

No obstante, si el asunto es urgente —especialmente cuando afecta a menores, seguridad o viajes internacionales— puede ser necesario actuar con mayor rapidez.

8. ¿Cuándo puede no convenir ir al juzgado inmediatamente?

Este punto es importante.

A veces la otra parte se comporta de forma difícil, pero el incumplimiento jurídico todavía no está suficientemente claro. En esos casos, acudir al juzgado demasiado pronto puede aumentar el conflicto y los costes sin garantizar un buen resultado.

Puede ser mejor:

  • reunir más prueba;
  • enviar un requerimiento formal;
  • aclarar la interpretación de la sentencia;
  • negociar reglas prácticas más concretas;
  • acudir a mediación u otro medio adecuado cuando proceda;
  • solicitar una modificación de medidas si las medidas actuales ya no funcionan.

Una buena estrategia legal no siempre es la más agresiva.

Es la que tiene más posibilidades de resolver el problema.

9. ¿Y si las medidas originales ya no funcionan?

A veces el problema no es simplemente que tu ex esté incumpliendo.

El verdadero problema puede ser que las medidas acordadas en su momento ya no sean adecuadas.

Por ejemplo:

  • los hijos han crecido;
  • uno de los progenitores se ha mudado;
  • han cambiado los horarios laborales;
  • han cambiado las necesidades del menor;
  • ha variado la situación económica;
  • la comunicación entre los progenitores se ha deteriorado.

En estos casos, la ejecución puede no ser la mejor vía.

Puede ser necesario solicitar una modificación de medidas para adaptar la situación legal a la realidad actual.

10. Familias internacionales: una dificultad añadida

En las familias internacionales, los conflictos posteriores al divorcio pueden ser aún más complejos.

Pueden surgir cuestiones relacionadas con:

  • progenitores que viven en distintos países;
  • viajes internacionales con menores;
  • reconocimiento de sentencias extranjeras;
  • ejecución de sentencias españolas en el extranjero;
  • ejecución de resoluciones extranjeras en España;
  • pasaportes y autorizaciones de viaje;
  • traslados de residencia;
  • impago de pensiones entre países.

En estos casos, es especialmente importante pedir asesoramiento antes de actuar, sobre todo si existe riesgo de que un progenitor saque al menor de España o se niegue a devolverlo tras un viaje.

Conclusión

Si tu ex te está poniendo las cosas difíciles después del divorcio, no tienes por qué tolerar incumplimientos constantes ni vivir en la incertidumbre.

Pero la respuesta legal adecuada depende de los hechos.

✔️A veces lo mejor será enviar un requerimiento formal.
✔️A veces será necesario ejecutar la sentencia.
✔️A veces habrá que acudir al juzgado por un desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad.
✔️Y a veces será más adecuado solicitar una modificación de medidas.

En Bennet & Rey asesoramos a clientes nacionales e internacionales en procedimientos de familia en España, incluyendo conflictos posteriores al divorcio, ejecución de sentencias, régimen de visitas, pensiones, patria potestad y asuntos de familia con componente internacional.

Si tu sentencia de divorcio no se está cumpliendo, podemos ayudarte a valorar tus opciones legales antes de que el conflicto vaya a más.

Si tienes alguna duda, o necesitas asesoramiento, no dudes en contactar:

Email: [email protected]

o haz click aquí y habla con un abogado/a

Comprar una propiedad en España a través de una sociedad: ventajas y riesgos

Comprar una propiedad en España es una decisión importante, especialmente para compradores internacionales que desean adquirir una segunda residencia, una vivienda para alquilar, una inversión inmobiliaria o una base familiar en España.

Una de las preguntas que recibimos con frecuencia en Bennet & Rey es:

“¿Conviene comprar la propiedad a título personal o a través de una sociedad?”

La respuesta es: depende.

Comprar a través de una sociedad puede tener sentido en determinados casos, especialmente cuando la operación forma parte de una estructura empresarial, patrimonial o de inversión más amplia. Sin embargo, no siempre es más barato, más sencillo ni más seguro.

De hecho, para muchos compradores particulares, utilizar una sociedad puede generar más obligaciones fiscales, contables y administrativas.

Antes de tomar una decisión, conviene analizar cuidadosamente las ventajas y los riesgos.

1. ¿Por qué algunos compradores se plantean comprar mediante una sociedad?

Los compradores internacionales pueden plantearse adquirir una propiedad en España a través de una sociedad por distintos motivos:

  • ya tienen una sociedad en su país de residencia;
  • desean comprar como inversión;
  • quieren alquilar la propiedad;
  • buscan separar su patrimonio personal del patrimonio empresarial;
  • compran junto con otros inversores;
  • están pensando en planificación sucesoria;
  • les han dicho que comprar mediante sociedad puede ahorrar impuestos.

Algunos de estos motivos pueden ser razonables. Otros deben analizarse con mucha prudencia.

Lo importante es entender que una sociedad no debe utilizarse simplemente porque parezca una estructura más sofisticada. La estructura debe tener sentido jurídico, fiscal y práctico.

2. Posibles ventajas de comprar a través de una sociedad

Separación patrimonial

Comprar mediante una sociedad puede ayudar a separar la propiedad del patrimonio personal del comprador. Esto puede ser relevante cuando el inmueble forma parte de una cartera de inversión o de una actividad empresarial.

Por ejemplo, si varios inversores compran juntos, una sociedad puede ofrecer un marco más claro para regular la titularidad, la toma de decisiones, la distribución de beneficios y la salida futura de alguno de los socios.

Actividad empresarial o de alquiler

Si la propiedad está realmente vinculada a una actividad económica, como alquiler profesional, alojamiento turístico debidamente autorizado o inversión inmobiliaria organizada, la titularidad mediante sociedad puede ser una opción a valorar.

Ahora bien, la actividad debe ser real, coherente y correctamente documentada. No es lo mismo una sociedad con actividad inmobiliaria que una sociedad creada para tener una única vivienda utilizada principalmente como residencia vacacional.

Posible organización de la inversión

En algunos casos, la sociedad puede facilitar la organización interna de la inversión, especialmente cuando hay varios socios, aportaciones distintas o reglas específicas sobre gestión, financiación o venta futura.

No obstante, la sociedad no elimina la necesidad de hacer una buena revisión legal del inmueble ni sustituye el asesoramiento fiscal.

Planificación sucesoria y patrimonial

Para familias con patrimonio en varios países, una sociedad puede formar parte de una estrategia más amplia de planificación sucesoria o patrimonial.

Pero este análisis no debe hacerse únicamente desde la perspectiva de la compraventa inmobiliaria española. También pueden influir la residencia fiscal, la nacionalidad, el régimen matrimonial, la ley aplicable a la sucesión y la situación familiar del comprador.

3. Riesgos de comprar mediante sociedad

No siempre supone un ahorro fiscal

Este es uno de los errores más frecuentes.

Comprar una propiedad en España a través de una sociedad no implica automáticamente pagar menos impuestos.

Según la estructura elegida, pueden existir obligaciones de Impuesto sobre Sociedades, declaraciones fiscales, contabilidad, costes de mantenimiento de la sociedad y consecuencias fiscales futuras cuando se venda el inmueble o se distribuyan beneficios.

Un supuesto ahorro inicial puede convertirse en un problema fiscal más adelante.

Más costes de gestión y cumplimiento

Una sociedad normalmente exige más administración que una compra a título personal.

Puede haber obligaciones contables, presentación de cuentas, declaraciones fiscales, libros societarios, representación legal, poderes, traducciones, apostillas, identificación de socios y otros trámites.

Para una persona que solo quiere comprar una vivienda familiar o una segunda residencia, estos costes pueden no compensar.

Uso personal de una propiedad de la sociedad

Si la propiedad pertenece a una sociedad, pero la utilizan personalmente los socios o sus familiares, la situación debe analizarse con cuidado.

Puede haber implicaciones fiscales si se considera que existe un uso privado de un activo societario, una ventaja para el socio o una renta que debería declararse.

Por eso, la estructura debe ser coherente. Una sociedad no debería ser una simple “pantalla” para una vivienda de uso estrictamente privado.

La financiación puede ser más compleja

Algunos bancos pueden ser más prudentes al financiar compras realizadas por sociedades, especialmente si se trata de sociedades extranjeras o recién constituidas.

La entidad bancaria puede pedir documentación adicional, información sobre los socios, origen de fondos, poderes, cuentas anuales y garantías personales.

Las condiciones de financiación también pueden ser distintas a las ofrecidas a compradores particulares.

La venta futura puede complicarse

La estructura elegida al comprar será muy importante cuando llegue el momento de vender.

Habrá que valorar, entre otras cuestiones:

  • si vende la sociedad o se venden las participaciones;
  • qué impuestos se generan en España;
  • qué efectos fiscales existen en el país de residencia del comprador;
  • si el futuro comprador aceptará esa estructura;
  • qué documentación societaria será necesaria;
  • si existen obligaciones de comunicación o declaración adicionales.

Estas cuestiones conviene analizarlas antes de comprar, no cuando ya se está negociando la venta.

4. ¿Sociedad española o sociedad extranjera?

Otra pregunta habitual es si conviene comprar a través de una sociedad española o de una sociedad extranjera.

Una sociedad española puede resultar más familiar para notarios, bancos, registros y autoridades fiscales españolas. Pero también implica obligaciones societarias y fiscales en España.

Una sociedad extranjera puede ser cómoda si el comprador ya la tiene constituida en su país. Sin embargo, puede requerir más documentación para operar en España: poderes, certificados societarios, apostillas, traducciones juradas, NIF, identificación de administradores y acreditación de facultades.

En ambos casos, es esencial revisar la estructura tanto en España como en el país de residencia del comprador.

5. Cuándo puede tener sentido comprar mediante sociedad

Comprar mediante sociedad puede ser una opción a estudiar cuando:

  • la propiedad forma parte de una actividad real de inversión;
  • hay varios inversores;
  • ya existe una estructura societaria con finalidad clara;
  • el inmueble se va a alquilar de forma profesional;
  • se busca una separación patrimonial justificada;
  • la operación forma parte de una planificación familiar, fiscal o sucesoria más amplia.

Incluso en estos casos, es imprescindible contar con asesoramiento legal y fiscal antes de firmar.

6. Cuándo puede ser mejor comprar a título personal

La compra a título personal puede ser más adecuada cuando:

  • el inmueble será una vivienda familiar o vacacional;
  • compra una persona sola o un matrimonio;
  • no existe una verdadera actividad empresarial;
  • se quiere una estructura sencilla;
  • se desea evitar costes contables y societarios innecesarios;
  • la sociedad solo se crearía con la idea de “ahorrar impuestos”.

En muchos casos, comprar personalmente puede ser más claro, más económico y más fácil de gestionar.

7. Nuestra recomendación práctica

Antes de decidir si comprar una propiedad en España a través de una sociedad, recomendamos hacerse tres preguntas:

1. ¿Cuál es la finalidad real de la compra?
¿Vivienda familiar, inversión, alquiler, negocio o planificación patrimonial?

2. ¿Qué puede ocurrir en cinco o diez años?
¿Se venderá, se alquilará, se heredará, se refinanciará o se transmitirá?

3. ¿Se ha revisado la estructura en los dos países?
El asesoramiento español puede no ser suficiente si el comprador reside fiscalmente en otro país.

La mejor estructura no es la que parece más sofisticada. Es la que funciona jurídicamente, fiscalmente y de forma práctica a largo plazo.

Conclusión

Comprar una propiedad en España mediante una sociedad puede ser útil en determinados casos, pero no es una solución universal.

Para algunos compradores puede aportar organización, separación patrimonial y flexibilidad de inversión. Para otros, puede generar costes innecesarios, obligaciones fiscales y complicaciones futuras.

En Bennet & Rey asesoramos a clientes internacionales que desean comprar propiedades en España, ayudándoles a revisar la estructura legal, la documentación y los riesgos antes de firmar.

¿Estás pensando en comprar una propiedad en España?
Podemos ayudarte a analizar si conviene comprar a título personal o mediante sociedad antes de comprometerte.

Envianos un email a: [email protected]

Haz click aquí y reserva una cita con un abogado

Cinco frases que ponen nervioso a cualquier abogado/a

En Bennet & Rey solemos decir que los problemas legales rara vez empiezan con grandes dramas.

Normalmente empiezan con frases muy corrientes.

Un acuerdo amistoso. Una firma rápida. Un arreglo familiar. Un mensaje de WhatsApp. Un documento descargado de internet.

Y luego, meses o años después, alguien dice: “Pero yo pensaba que esto estaba claro”.

Por eso,  hemos preparado una lista ligera, pero muy real, de cinco frases que suelen poner nervioso a cualquier abogado.

No porque los abogados seamos exagerados.Sino porque hemos visto muchas veces lo que puede ocurrir cuando decisiones importantes se toman demasiado deprisa o con demasiada confianza.

1. “No hace falta ponerlo por escrito. Nos conocemos de toda la vida.”

La confianza es maravillosa. Pero en asuntos legales, la confianza y la claridad por escrito deberían ir siempre de la mano.

Muchos conflictos empiezan precisamente entre personas que confiaban entre sí: familiares, amigos, socios, exparejas, vecinos o parejas que compran una vivienda juntas.

El problema no siempre es la mala fe. A veces el problema es la memoria.

Las personas recuerdan las conversaciones de forma distinta. Las circunstancias cambian. Las relaciones se deterioran. Lo que al principio parecía evidente puede volverse muy confuso con el tiempo.

Un acuerdo por escrito no es una señal de desconfianza.

Es una forma de proteger la relación y evitar malentendidos.

Esto es especialmente importante cuando hay dinero, bienes, propiedades, herencias, hijos, préstamos familiares o acuerdos empresariales de por medio.

 

2. “Venga, firma rápido, que solo es una firmita.”

No existe el concepto de “solo es una firma”.

La realidad es que una firma puede tener consecuencias jurídicas muy importantes.

Puede crear obligaciones, renunciar a derechos, reconocer una deuda, aceptar condiciones, confirmar una entrega, aprobar un acuerdo o comprometer a una persona en una operación.

Esto es especialmente importante en compraventas inmobiliarias, convenios de divorcio, documentos de herencia, préstamos entre familiares, acuerdos empresariales y contratos privados.

Antes de firmar cualquier documento, merece la pena hacerse una pregunta muy sencilla:

¿A qué me estoy obligando exactamente?

Si la respuesta no está completamente clara, es mejor no firmar hasta entenderlo bien.

Un documento puede parecer sencillo, pero sus consecuencias legales pueden no serlo.

 

3. “He encontrado una plantilla en internet.”

Las plantillas de internet pueden ser útiles como punto de partida, pero rara vez son suficientes por sí solas.

El Derecho no consiste solo en tener un documento.

Consiste en tener el documento adecuado para la situación concreta, con la redacción correcta, firmado de la forma adecuada y adaptado a los hechos reales del caso.

Una plantilla puede no tener en cuenta la ley española, las consecuencias fiscales, las circunstancias familiares, los problemas registrales, las normas sucesorias, la situación migratoria, el régimen económico matrimonial o los riesgos específicos de una operación.

Un documento que parece profesional no siempre es jurídicamente seguro.

En más de una ocasión, un cliente nos ha traído una plantilla aparentemente correcta y hemos tenido que rehacerla por completo.

En Derecho, los detalles no son un adorno.

Muchas veces son precisamente lo que protege al cliente.

 

4. “Mi primo, mi amigo o mi vecino me ha dicho que esto es facilísimo.”

A veces tienen razón, todo hay que decirlo.

Pero muchas veces, no.

Cada asunto legal depende de los detalles: fechas, documentos, situación familiar, nacionalidad, residencia, titularidad de bienes, régimen económico matrimonial, resoluciones judiciales previas, pagos realizados, situación fiscal, plazos y muchos otros factores.

Lo que funcionó para una persona puede no servir para otra.

Especialmente en Derecho de Familia, herencias, extranjería y asuntos inmobiliarios, donde pequeñas diferencias pueden cambiar por completo el resultado jurídico.

El consejo informal puede estar lleno de buena intención, pero no debería sustituir al asesoramiento legal profesional.

La cuestión no es si esa persona quiere ayudar. La cuestión es si su situación era jurídicamente igual a la tuya.

Y muchas veces no lo es.

5. “Luego lo arreglaremos.”

Esta quizá sea la frase más peligrosa de todas.

“Luego” es cuando la relación ya se ha roto.

“Luego” es cuando la vivienda ya se ha comprado.

“Luego” es cuando el dinero ya se ha transferido.

“Luego” es cuando la otra parte ha cambiado de opinión.

“Luego” es cuando el plazo ya ha vencido.

En Derecho, el momento importa. Se consciente que es mucho mas barato y fácil, prevenir problemas que solucionarlos después.

Una consulta breve antes de firmar, comprar, transferir dinero, aceptar una herencia o pactar acuerdos familiares puede evitar años de dificultades.

La opinión de Bennet & Rey Abogados

El buen asesoramiento legal no consiste solo en acudir a los tribunales.

Muy a menudo consiste en prevenir los conflictos antes de que empiecen. Si te escuchas diciendo alguna de estas frases, quizá sea buen momento para parar un momento y pedir asesoramiento.

No porque todo sea un problema. Sino porque algunos problemas pueden evitarse con claridad, estrategia y el documento adecuado en el momento oportuno.

En Bennet & Rey asesoramos a clientes nacionales e internacionales en España en Derecho de Familia, herencias, asuntos inmobiliarios y extranjería, ayudándoles a tomar decisiones importantes con seguridad y claridad.

Antes de firmar, comprar, transferir dinero, aceptar una herencia o llegar a un acuerdo familiar importante, puede merecer la pena pedir asesoramiento legal.

A veces, una consulta a tiempo evita un problema mucho mayor.

Falso – mito 2: “Los británicos o estadounidenses tienen menos derechos que otras personas extranjeras”. Tampoco es cierto.

La normativa de extranjería no se aplica en función de si una persona es británica, estadounidense, marroquí, argentina o de cualquier otra nacionalidad concreta. Se aplica, con carácter general, a las personas extranjeras extracomunitarias, es decir, a quienes no son ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.

Puedes leer nuestro artículo anterior sobre el Falso Mito 1.

Por tanto, una persona británica o estadounidense que se encuentre en España y cumpla los requisitos legales puede beneficiarse de las figuras previstas en la normativa de extranjería, igual que cualquier otra persona extracomunitaria.

Requisitos para la nacionalidad española

Lo importante no es la nacionalidad en sí, sino cumplir los requisitos:

permanencia en España, ausencia de antecedentes penales, vínculos familiares o sociales, contrato de trabajo o medios económicos, formación, documentación correcta y demás condiciones exigidas según el tipo de autorización.

Motivo por el que apenas hay ciudadanos estadounidenses o británicos que soliciten arraigo

Es cierto que, en la práctica, no vemos tantos ciudadanos británicos o estadounidenses en procedimientos de arraigo como personas de otras nacionalidades. Pero eso no significa que tengan menos derechos.

Normalmente responde a que muchos británicos o estadounidenses llegan a España con otros tipos de visado, residencia o planificación previa.

Nuestro consejo:

Antes de asumir que “no se puede” o que “no tienes derecho”, conviene revisar el caso concreto. En extranjería, los detalles importan mucho.

Si tienes alguna duda, ponte en contacto con nosotros, escríbenos a:

[email protected]

Hac click aquí para reservar una cita con una abogada

 

 

 

¿La regularización en España da automáticamente la nacionalidad española? Falso Mito 1

Falsos mitos. Regularización de personas extranjeras.

En los últimos meses estamos escuchando muchos comentarios sobre la nueva regulación de extranjería y los procedimientos de arraigo. Algunos son correctos, pero otros pueden generar confusión.

En España solemos llamar a estas ideas equivocadas “bulos” o “falsos mitos”. Desde Bennet & Rey, como despacho especializado en Extranjería, queremos aclarar dos de los más frecuentes, respecto a la  “actual” y vigente regularización.

Falso – mito 1: “La regularización da automáticamente la nacionalidad española”

No es cierto.

La regularización de una persona extranjera en España puede permitirle obtener una autorización de residencia, pero no le concede automáticamente la nacionalidad española.

Son procedimientos distintos.

¿Cuando se puede solicitar la nacionalidad española por residencia?

La nacionalidad española por residencia se regula en el artículo 22 del Código Civil y exige, con carácter general:

a)  10 años de residencia legal en España.

b) 2 años de residencia legal para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí

c) 1 año de residencia legal en determinados supuestos, por ejemplo, para quien esté casado con una persona española, haya nacido en territorio español, o se encuentre en otros casos especiales previstos por la ley.

Existen también otras vías excepcionales, como la carta de naturaleza o determinados supuestos especiales, pero la regla general es clara: regularizar la situación administrativa no equivale a obtener la nacionalidad española.

Si tienes dudas sobre tu situación administrativa en España o quieres saber si podrías solicitar una autorización de residencia o, más adelante, la nacionalidad española, puedes contactar con Bennet & Rey.
Escríbenos a [email protected] o

Haz click y reserva una cita con abogado

¡Nos encantará ayudarte!

Comprar una propiedad en España: por qué debes revisar la última acta de la comunidad antes de firmar

Cuando se compra una propiedad en España, muchos compradores se centran en el precio, la ubicación, el estado de la vivienda, la nota simple y la escritura. Todo eso es importante. Pero hay un documento que a veces se pasa por alto y que puede revelar información muy valiosa: Última acta de la junta de propietarios.

Si la vivienda forma parte de un edificio, urbanización o complejo residencial, el comprador no solo compra una propiedad privada. También entra a formar parte de una comunidad de propietarios.

Y eso puede implicar gastos, normas, acuerdos, conflictos, derramas y obligaciones futuras.

¿Qué es una comunidad de propietarios?

En España, cuando un edificio está dividido en pisos, locales, garajes o elementos privativos, normalmente se rige por la Ley de Propiedad Horizontal.

Esta ley regula la relación entre la propiedad privada de cada propietario y los elementos comunes del edificio o complejo.

Entre los elementos comunes pueden encontrarse:

  • el tejado;
  • la fachada;
  • el ascensor;
  • las escaleras;
  • los jardines;
  • la piscina;
  • las zonas de aparcamiento;
  • las instalaciones comunes;
  • los elementos estructurales;
  • determinados servicios compartidos.

La comunidad de propietarios se encarga de gestionar estos elementos comunes. Cada propietario suele pagar una cuota de comunidad conforme a su coeficiente o cuota de participación.

¿Qué es la junta de propietarios?

La junta de propietarios es la reunión en la que los propietarios adoptan decisiones sobre la comunidad.

En esa junta se pueden aprobar presupuestos, cuentas, obras, nombramientos, normas internas, reclamaciones judiciales y otros asuntos que afectan al edificio o a la urbanización.

Por ejemplo, la junta puede decidir:

  • aprobar los gastos ordinarios de la comunidad;
  • aprobar obras extraordinarias;
  • imponer una derrama;
  • reparar el tejado, la fachada, el ascensor o la piscina;
  • iniciar acciones judiciales contra propietarios morosos o terceros;
  • aprobar restricciones sobre viviendas turísticas;
  • tratar problemas de ruidos, filtraciones, deudas o defectos estructurales;
  • nombrar o sustituir al administrador o al presidente de la comunidad.

¿Qué es el acta de la junta de propietarios?

El acta es el documento escrito que recoge lo tratado y acordado en la junta de propietarios.

Normalmente incluye la fecha, los asistentes, el orden del día, los acuerdos adoptados y, en su caso, el resultado de las votaciones.

Para un comprador, este documento puede ser muy útil porque permite conocer cuestiones que no siempre aparecen en la visita a la vivienda, en la descripción de la inmobiliaria o incluso en la nota simple.

¿Por qué conviene pedir la última acta antes de comprar?

Porque la última acta puede mostrar lo que realmente está ocurriendo dentro de la comunidad.

Una vivienda puede parecer perfecta, pero el acta puede revelar que hay problemas en el edificio, obras importantes previstas, conflictos entre vecinos o gastos extraordinarios pendientes.

1. Posibles derramas futuras

Uno de los motivos principales para revisar el acta es comprobar si existen obras aprobadas, previstas o discutidas que puedan dar lugar a una derrama.

Una derrama es una aportación extraordinaria que deben pagar los propietarios para cubrir determinados gastos de la comunidad.

Puede tratarse, por ejemplo, de:

  • reparación del tejado;
  • rehabilitación de fachada;
  • sustitución del ascensor;
  • obras estructurales;
  • reparación de piscina;
  • mejoras de accesibilidad;
  • procedimientos judiciales;
  • obras importantes de mantenimiento.

El comprador debería conocer esta información antes de firmar. De lo contrario, podría encontrarse poco después de la compra con un gasto extraordinario que no había previsto.

2. Problemas de mantenimiento o del edificio

El acta puede mencionar filtraciones, humedades, grietas, problemas de fachada, averías del ascensor, defectos en el garaje, problemas de bajantes o reclamaciones contra empresas de mantenimiento.

Estos problemas no siempre son visibles durante una visita, pero pueden afectar al valor de la propiedad y a los gastos futuros.

3. Restricciones de uso

Algunas comunidades tratan o aprueban normas sobre viviendas turísticas, alquileres de corta duración, actividades profesionales, animales, ruidos, uso de terrazas, instalación de aparatos de aire acondicionado o modificación de fachadas.

Esto es especialmente importante si el comprador quiere alquilar la vivienda, utilizarla como segunda residencia o realizar reformas.

4. Deudas dentro de la comunidad

Aunque el vendedor aporte un certificado de estar al corriente de pago de sus cuotas comunitarias, el acta puede revelar si existen otros propietarios morosos o si la comunidad tiene problemas económicos.

Una comunidad con muchos impagos puede tener dificultades para atender sus gastos ordinarios o acometer obras necesarias.

5. Conflictos entre vecinos

Las actas pueden reflejar conflictos por ruidos, uso de zonas comunes, obras no autorizadas, filtraciones, viviendas turísticas o incumplimiento de normas comunitarias.

Esto no significa necesariamente que no deba comprarse la vivienda, pero sí es información que el comprador debería conocer antes de comprometerse.

6. Procedimientos judiciales pendientes

La comunidad puede estar inmersa en procedimientos judiciales contra promotores, constructores, propietarios morosos, vecinos o incluso administraciones públicas.

Estos procedimientos pueden tener consecuencias económicas o prácticas para los propietarios.

¿Debe el comprador pedir siempre la última acta?

En nuestra opinión, sí, especialmente cuando se compra un piso, un adosado, una vivienda en urbanización, una propiedad con zonas comunes o cualquier inmueble sujeto a una comunidad de propietarios.

La última acta no es el único documento que debe revisarse, pero sí forma parte de una buena comprobación legal previa a la compra.

Lo recomendable es solicitar:

  • la última acta de la junta de propietarios;
  • los estatutos de la comunidad, si existen;
  • las normas internas, si existen;
  • el certificado de estar al corriente de pago de la comunidad;
  • información sobre derramas aprobadas o previsibles;
  • el último presupuesto comunitario;
  • confirmación de la cuota ordinaria de comunidad.

¿Y si no hay acta reciente?

Si no existe un acta reciente, también conviene saberlo.

Puede deberse a que la comunidad es pequeña o poco activa, pero también puede indicar una gestión deficiente o falta de organización.

En ese caso, conviene hacer más preguntas:

  • ¿Cuándo se celebró la última junta?
  • ¿Quién es el presidente de la comunidad?
  • ¿Hay administrador de fincas profesional?
  • ¿Existen obras pendientes?
  • ¿Hay deudas?
  • ¿Hay derramas aprobadas o previstas?
  • ¿Hay conflictos conocidos dentro de la comunidad?

Por qué esto es importante para compradores extranjeros

Los compradores extranjeros suelen apoyarse mucho en la inmobiliaria, en el vendedor o en la impresión general de la vivienda. Sin embargo, en España, la comunidad de propietarios puede afectar directamente a los costes futuros, al uso de la propiedad y a la tranquilidad del comprador.

Revisar la última acta puede ayudar a detectar riesgos antes de firmar un contrato de reserva, unas arras o la escritura pública de compraventa.

También puede permitir renegociar, pedir más documentación o tomar una decisión más informada.

Conclusión

Al comprar una propiedad en España, la revisión legal no debe limitarse a la nota simple, la escritura y los impuestos.

La última acta de la junta de propietarios puede revelar información esencial sobre el edificio, gastos futuros, decisiones comunitarias, conflictos y posibles riesgos.

En Bennet & Rey ayudamos a compradores internacionales a revisar la documentación legal antes de comprar una propiedad en España, para que sepan exactamente qué están comprando y qué obligaciones pueden asumir.

Si vas a comprar una propiedad en España y necesitas asesoramiento legal antes de firmar, estaremos encantados de ayudarte.

Envíanos un email a: [email protected]

Haz click aquí y reserva una cita con un abogado

Me han citado a un juicio de divorcio en España y vivo en otro país: ¿qué pasa si no voy?

Vivir fuera de España y recibir una citación para un juicio de divorcio puede generar mucha preocupación.

Muchas personas se preguntan si realmente tienen que viajar, si pueden intervenir desde su país, si basta con que acuda su abogado o qué consecuencias puede tener no presentarse.

La duda es comprensible. Viajar a España supone gastos de avión, alojamiento, pérdida de días de trabajo, organización familiar y, en muchos casos, un alto nivel de estrés emocional.

Sin embargo, antes de decidir no acudir, es importante entender algo esencial: no comparecer a un procedimiento de divorcio en España puede tener consecuencias procesales y estratégicas importantes.

1. No todos los procedimientos de divorcio son iguales

La respuesta depende mucho del tipo de procedimiento.

No es lo mismo:

  • un divorcio de mutuo acuerdo;
  • un divorcio contencioso;
  • una vista de medidas provisionales;
  • una modificación de medidas;
  • o una comparecencia en la que se va a practicar prueba personal.

En un divorcio de mutuo acuerdo, normalmente será necesario ratificar el convenio regulador. En un divorcio contencioso, en cambio, puede haber una vista judicial en la que se discutan cuestiones importantes como custodia, pensión de alimentos, uso de la vivienda familiar, pensión compensatoria o medidas económicas.

Por eso, la primera pregunta no debe ser solo:

“¿Estoy obligado/a a ir?”

Sino también:

“¿Me perjudica no ir?”

La respuesta es que perderás tu oportunidad de defenderte, y se dará por válido lo que diga la otra parte.

2. “No quiero ir”: comprensible, no aconsejable y  peligroso si se decide sin asesoramiento

Es completamente comprensible que una persona que vive en otro país no quiera viajar a España para un juicio.

Puede haber muchas razones:

  • coste económico;
  • pérdida de días de trabajo;
  • cuidado de hijos o familiares;
  • distancia;
  • miedo al proceso judicial;
  • dificultad para organizar el viaje;
  • o simplemente el deseo de no volver a España por una situación emocionalmente complicada.

Pero una cosa es no querer viajar y otra muy distinta es ignorar una citación judicial.

Si has sido citado/a a un juicio de divorcio en España, debes hablar inmediatamente con tu abogado. No acudir sin explicación, sin solicitar una alternativa y sin preparar la estrategia puede perjudicar seriamente tu posición.

3. ¿Qué puede pasar si no voy al juicio de divorcio?

No asistir no suele paralizar el procedimiento.

Al contrario: en muchos casos, el juicio puede continuar sin ti y el tribunal puede resolver con la documentación y la prueba disponible.

Tu ausencia puede tener consecuencias como:

  • perder la oportunidad de explicar tu versión personalmente;
  • no poder contradecir directamente lo que dice la otra parte;
  • no poder responder a preguntas sobre hechos importantes;
  • debilitar tu posición sobre custodia, pensiones, vivienda o medidas económicas;
  • permitir que el procedimiento avance sin tu participación activa;
  • o dar una impresión procesal desfavorable si tu presencia era necesaria.

En definitiva: no ir no significa que el procedimiento desaparezca y te dejará sin defensa.

4. ¿Se puede entender que estoy de acuerdo con lo que dice la otra parte?

En determinados casos, tu ausencia puede tener ese efecto práctico.

En los procedimientos de separación o divorcio contencioso, las partes deben acudir personalmente a la vista. La Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que la incomparecencia sin causa justificada puede determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por la parte que sí comparezca para fundamentar sus peticiones sobre medidas definitivas de carácter patrimonial.

Además, si una parte estaba citada para interrogatorio y no acude, la LEC regula la “incomparecencia y admisión tácita de los hechos”; en determinados supuestos, el tribunal puede considerar reconocidos hechos en los que esa parte hubiera intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos le perjudique.

Dicho de forma sencilla: si no vas, puedes perder una oportunidad muy importante de defenderte.

Esto no significa que el juez vaya a aceptar automáticamente todo lo que diga la otra parte, especialmente si hay menores o cuestiones que deben valorarse conforme al interés de los hijos. Pero sí significa que tu ausencia puede debilitar seriamente tu posición, sobre todo en cuestiones económicas, patrimoniales, uso de la vivienda, pensiones, pagos, gastos o hechos personales relevantes.

5. ¿Puede ir solo mi abogado por mí?

En muchos procedimientos civiles, las partes actúan representadas por procurador/a y defendidas por abogado/a. Eso significa que en determinados trámites tu abogado puede intervenir técnicamente en tu defensa.

Pero en un juicio de familia, la presencia de la parte puede ser muy relevante.

¿Por qué?

Porque muchas veces se discuten hechos personales que no son solo jurídicos:

  • quién cuida a los hijos;
  • cómo se organizan las estancias;
  • qué ingresos tiene cada progenitor;
  • quién paga determinados gastos;
  • cuál ha sido la dinámica familiar;
  • qué disponibilidad real tiene cada parte;
  • qué ha ocurrido con la vivienda familiar;
  • o si se han cumplido o no ciertas obligaciones.

Tu abogado puede defenderte jurídicamente, pero no siempre puede sustituir tu explicación personal si el tribunal necesita escucharte.

6. ¿Puedo declarar por videoconferencia desde otro país?

En muchos casos puede solicitarse la intervención por videoconferencia, especialmente cuando una persona vive fuera de España y el desplazamiento resulta gravoso.

Pero es importante entender que no basta con decir: “quiero conectarme por Zoom”.

Debe solicitarse correctamente, con antelación y justificando la razón: residencia en el extranjero, coste del desplazamiento, imposibilidad laboral, enfermedad, cuidado de menores u otras circunstancias relevantes.

Además, será el juzgado quien decida si acepta esa forma de intervención y no la suelen aceptar.

Por eso, si vives fuera de España, la estrategia no debería ser simplemente no acudir, sino valorar si procede solicitar autorización para intervenir por videoconferencia o buscar otra solución procesal adecuada.

7. Qué hacer si recibes una citación en tu país

Si vives fuera de España y recibes una citación para un juicio de divorcio, no lo dejes para el último momento.

Lo recomendable es:

  1. Enviar inmediatamente la citación a tu abogado.
  2. Confirmar qué tipo de procedimiento es.
  3. Comprobar si tu presencia personal es necesaria.
  4. Valorar si puede solicitarse videoconferencia.
  5. Preparar la documentación y la estrategia.
  6. No ignorar la citación aunque vivas fuera de España.

La distancia no elimina el procedimiento. Simplemente obliga a organizarlo mejor.

8. Entonces, ¿tengo que viajar obligatoriamente a España?

No siempre.

En algunos casos, podrá solicitarse videoconferencia o tu abogado podrá intervenir sin que tengas que desplazarte. En otros casos, será muy recomendable que acudas personalmente, sobre todo si tu declaración es importante o si se discuten cuestiones relevantes sobre hijos, pensiones, vivienda o patrimonio.

La decisión debe tomarse caso por caso, revisando:

  • la citación;
  • el tipo de procedimiento;
  • si estás citado/a personalmente;
  • si se ha solicitado tu interrogatorio;
  • las pruebas previstas;
  • y el riesgo real de no comparecer.

Conclusión

Si vives fuera de España y te han citado a un juicio de divorcio, no tomes la decisión de no acudir sin asesoramiento jurídico.

Puede haber alternativas, como solicitar intervención por videoconferencia, pero deben prepararse correctamente y con tiempo.

No comparecer puede hacer que pierdas una oportunidad importante de defender tu versión y, en algunos casos, puede tener consecuencias procesales sobre los hechos alegados por la otra parte.

En Bennet & Rey asesoramos a clientes internacionales en procedimientos de divorcio y familia en España, especialmente cuando una de las partes vive en el extranjero y necesita entender sus opciones sin exponerse a riesgos innecesarios.

Antes de decidir no viajar, conviene saber exactamente qué está en juego.

Si vives fuera de España y te han citado a un juicio de divorcio en España, podemos ayudarte a valorar si debes acudir, si puede solicitarse videoconferencia y cómo proteger tu posición ante el juzgado español.

Contacta con Bennet & Rey para recibir asesoramiento legal en inglés o español.

Envíanos un email a: [email protected]

Reserva una cita con un abogado

Divorcio en España: ¿Puedo divorciarme en España si vivo en el extranjero?

Muchas parejas internacionales nos hacen la misma pregunta:

“¿Puedo divorciarme en España si ya no vivo allí?”

La respuesta es: posiblemente, sí — pero dependerá de las circunstancias concretas del caso.

En muchos supuestos, puede ser posible tramitar un divorcio en España aunque uno o ambos cónyuges vivan en el extranjero. Sin embargo, antes de iniciar el procedimiento es esencial analizar si los tribunales españoles tienen competencia, qué ley puede resultar aplicable, si hay hijos o bienes afectados y si el divorcio puede tramitarse de mutuo acuerdo.

En Bennet & Rey, asesoramos a clientes internacionales en inglés y en español en procedimientos de divorcio y derecho de familia en España.

¿Cuándo puedes divorciarte en España si vives en el extranjero?

La posibilidad de divorciarse en España depende principalmente de la conexión que exista entre el matrimonio y España.

Los tribunales españoles pueden ser competentes en determinados casos, por ejemplo cuando:

  • uno o ambos cónyuges tienen su residencia habitual en España;
  • los cónyuges tuvieron su última residencia habitual en España y uno de ellos todavía vive allí;
  • el demandado reside en España;
  • uno de los cónyuges tiene nacionalidad española, según las circunstancias;
  • los hijos viven en España;
  • existen vínculos familiares o jurídicos relevantes con España.

En los divorcios internacionales, la competencia judicial debe analizarse cuidadosamente antes de presentar la demanda. Esto es especialmente importante cuando los cónyuges viven en países distintos o tienen nacionalidades diferentes.

¿Puede gestionarse el divorcio a distancia?

En muchos casos, sí.

Si vives en el extranjero, gran parte del proceso puede gestionarse a distancia con la ayuda de un abogado en España. La comunicación puede realizarse normalmente por email, videollamada e intercambio seguro de documentación.

Dependiendo del caso, puede ser posible:

  • recibir asesoramiento jurídico a distancia;
  • enviar documentación desde el extranjero;
  • firmar determinados documentos ante notario o en un consulado español;
  • otorgar un poder a favor de tu abogado o procurador;
  • evitar desplazamientos innecesarios a España.

No obstante, los requisitos concretos dependerán del juzgado, del tipo de divorcio y de la documentación necesaria. Aunque debes tener presente que si inicias un procedimiento judicial por lo menos una vez tendrás que venir a España.

Divorcio de mutuo acuerdo desde el extranjero

El divorcio de mutuo acuerdo suele ser la opción más eficiente cuando ambos cónyuges están de acuerdo en las cuestiones principales.

Este acuerdo puede incluir:

  • el propio divorcio;
  • la guarda y custodia de los hijos;
  • la patria potestad y responsabilidades parentales;
  • la pensión de alimentos;
  • el uso de la vivienda familiar;
  • la pensión compensatoria, si procede;
  • la división o liquidación de bienes;
  • las medidas prácticas cuando los hijos viven en distintos países.

En España, el divorcio de mutuo acuerdo normalmente requiere un convenio regulador. Este documento recoge las medidas pactadas por ambos cónyuges y se presenta ante el juzgado para su aprobación.

Si hay hijos menores, el juzgado y el Ministerio Fiscal revisarán si el acuerdo protege adecuadamente el interés de los menores. En este caso tendrás que venir aunque sólo sea una vez para ratificar. ante el tribunal.

Divorcio contencioso cuando vives en el extranjero

Si no hay acuerdo entre los cónyuges, el divorcio puede convertirse en contencioso.

Un divorcio contencioso suele ser más complejo, especialmente cuando uno de los cónyuges vive en el extranjero o existen elementos internacionales, como:

  • hijos viviendo en otro país;
  • discrepancias sobre traslados o cambios de residencia;
  • acuerdos internacionales de custodia y visitas;
  • bienes en España y en el extranjero;
  • desacuerdo sobre pensiones;
  • dificultad para notificar documentos judiciales al otro cónyuge.

En estos casos, el asesoramiento jurídico temprano es especialmente importante. El día del juicio tendrás que estar en España. La primera pregunta estratégica no siempre es simplemente “¿puedo divorciarme?”, sino:

¿Dónde conviene iniciar el procedimiento de divorcio?

Iniciar el procedimiento en el país equivocado puede generar retrasos, costes adicionales y problemas de competencia judicial.

¿Qué documentos pueden ser necesarios?

La documentación dependerá de cada caso, pero habitualmente puede incluir:

  • certificado de matrimonio;
  • certificados de nacimiento de los hijos, si los hay;
  • prueba de residencia;
  • pasaportes o documentos de identidad;
  • NIE, si se dispone de él;
  • documentación sobre ingresos, bienes o propiedades;
  • acuerdos previos entre los cónyuges;
  • prueba de escolarización o residencia de los hijos, cuando sea relevante.

Si los documentos han sido emitidos fuera de España, puede ser necesario legalizarlos o apostillarlos y traducirlos mediante traducción jurada.

Por eso, un divorcio internacional debe prepararse cuidadosamente desde el principio.

¿Necesito viajar a España?

No siempre.

En muchos casos, los clientes internacionales pueden evitar viajar a España otorgando la autorización adecuada a sus representantes legales españoles. Sin embargo, esto debe analizarse caso por caso.

Puede que sea necesario viajar o realizar firmas formales si:

  • el juzgado exige ratificación personal;
  • los documentos no se han preparado correctamente;
  • existen cuestiones urgentes;
  • hay una vista judicial;
  • el divorcio es contencioso;
  • las medidas relativas a los hijos requieren una valoración judicial más detallada.

Una buena estrategia legal debería aclarar estas cuestiones desde el principio, para que sepas qué esperar antes de iniciar el procedimiento.

Por qué es importante el asesoramiento legal en un divorcio internacional

Un divorcio internacional no consiste solo en poner fin al matrimonio.

También puede afectar a:

  • dónde vivirán los hijos;
  • cómo se ejercerá la patria potestad;
  • cómo se organizarán los viajes y visitas;
  • si debe pagarse pensión de alimentos o compensatoria;
  • cómo se tratarán los bienes situados en España;
  • si una resolución extranjera debe reconocerse en España;
  • cómo se inscribirá o utilizará el divorcio en otro país.

Por eso, el divorcio internacional exige conocimiento jurídico técnico y una comprensión práctica de las situaciones familiares transfronterizas.

Cómo puede ayudarte Bennet & Rey

En Bennet & Rey, ayudamos a clientes internacionales en procedimientos de divorcio y derecho de familia en España.

Podemos ayudarte a:

  • valorar si puedes divorciarte en España;
  • analizar las cuestiones de competencia internacional;
  • asesorarte sobre divorcio de mutuo acuerdo o contencioso;
  • preparar o revisar el convenio regulador;
  • coordinar documentación desde el extranjero;
  • asistir con poderes y firmas formales;
  • asesorarte sobre hijos, pensiones y bienes;
  • comunicarnos contigo claramente en inglés y en español.

Nuestro objetivo es que el proceso sea claro, estratégico y jurídicamente seguro, especialmente cuando estás afrontando un divorcio en España mientras resides en el extranjero.

¿Estás pensando en divorciarte en España mientras vives fuera?

Si resides fuera de España y estás considerando iniciar un procedimiento de divorcio en España, es importante obtener asesoramiento legal antes de actuar.

El primer paso es entender si España es la jurisdicción adecuada y qué pasos prácticos son necesarios.

Contacta con Bennet & Rey para analizar tu divorcio internacional en España.

Te ayudaremos a entender tus opciones y a gestionar el proceso con claridad, estrategia y discreción.

Contáctanos bien por email en: [email protected]  o

Reserva una consulta con abogado haciendo click aquí

¿Necesito viajar a España para comprar o vender una propiedad?

Comprar o vender una propiedad en España puede parecer complicado cuando se vive en el extranjero. Muchos clientes internacionales nos hacen la misma pregunta al inicio del proceso:

“¿Necesito viajar a España para completar la operación?”

La respuesta breve es: no necesariamente.

En muchos casos, compradores y vendedores extranjeros pueden completar una operación inmobiliaria en España sin viajar, siempre que el proceso esté correctamente organizado desde el principio y exista la documentación legal adecuada.

En Bennet & Rey, asesoramos habitualmente a clientes internacionales que compran o venden propiedades en España mientras residen en Reino Unido, Estados Unidos, otros países europeos o cualquier otra jurisdicción.

Comprar una propiedad en España sin viajar

Si deseas comprar una vivienda en España, puede que no sea necesario estar físicamente presente en todas las fases de la operación.

Un abogado en España puede ayudarte con:

  • la revisión del contrato de reserva;

  • la negociación del contrato de arras;

  • la realización de la due diligence legal;

  • la comprobación de la información registral;

  • la revisión de cargas, hipotecas, deudas o limitaciones;

  • la comprobación de la documentación de la comunidad de propietarios;

  • la coordinación con la agencia inmobiliaria, el vendedor, la notaría y el banco;

  • la preparación de la operación hasta la firma;

  • la asistencia a la firma notarial en tu nombre si has otorgado un poder válido.

El documento clave que normalmente permite hacer esto es el poder notarial.

¿Qué es un poder notarial?

Un poder notarial permite nombrar a una persona de confianza —normalmente tu abogado— para actuar en tu nombre en España.

En una operación inmobiliaria, este poder puede incluir facultades para firmar contratos, comparecer ante notario, realizar gestiones administrativas, obtener o utilizar el NIE, coordinar pagos de impuestos y completar la compra o la venta.

Si el poder se otorga en el extranjero, normalmente deberá estar correctamente notarizado, apostillado y, cuando sea necesario, traducido para que pueda ser aceptado en España.

Este punto es importante: no basta con “firmar cualquier poder”. El poder debe estar bien redactado, incluir las facultades necesarias y cumplir los requisitos formales para que pueda utilizarse ante notario en España.

Vender una propiedad en España sin viajar

El mismo principio puede aplicarse si deseas vender una propiedad en España.

Muchos vendedores no residentes no quieren desplazarse a España únicamente para firmar la escritura de compraventa. Con un poder notarial correctamente preparado, tu abogado puede representarte ante notario y coordinar la venta en tu nombre.

No obstante, vender a distancia exige una preparación cuidadosa. Antes de la firma, el vendedor normalmente deberá organizar documentación como:

  • escritura de propiedad;
  • último recibo del IBI;
  • certificado de la comunidad de propietarios;
  • certificado de eficiencia energética;
  • documentación relativa a la cancelación de hipoteca, si existe;
  • NIE y documentos de identificación;
  • datos bancarios y forma de pago;
  • representación fiscal, si procede.

En el caso de vendedores no residentes, es especialmente importante recibir asesoramiento fiscal con antelación, ya que pueden existir retenciones, plusvalía municipal, ganancia patrimonial y otras obligaciones fiscales.

¿Me protege el notario?

El notario cumple una función esencial en las compraventas inmobiliarias en España. Comprueba identidad, capacidad, poderes, titularidad, cargas, documentación comunitaria, IBI, certificado energético y medios de pago, entre otros aspectos.

Sin embargo, el notario es neutral. No negocia las condiciones comerciales por ti, no actúa como tu abogado personal y no defiende exclusivamente tus intereses.

Por eso, los compradores y vendedores extranjeros deberían contar con asesoramiento legal independiente antes de firmar cualquier documento vinculante o transferir fondos.

¿Cuándo puede ser necesario viajar?

Aunque muchas operaciones pueden completarse a distancia, hay situaciones en las que viajar a España puede ser útil o incluso necesario.

Por ejemplo:

  • si el banco exige identificación presencial;
  • si vas a solicitar una hipoteca y la entidad financiera requiere firma presencial;
  • si el poder notarial no se ha preparado correctamente;
  • si hay documentos urgentes que firmar y no hay tiempo para legalizarlos en el extranjero;
  • si existen negociaciones complejas o problemas prácticos con la propiedad;
  • si prefieres inspeccionar personalmente la vivienda antes de completar la compra.

Por tanto, la respuesta prudente no es “nunca tienes que viajar”, sino:

En muchos casos no necesitas viajar, siempre que la estructura legal esté correctamente preparada desde el principio.

Por qué es importante preparar bien la operación

Las operaciones inmobiliarias a distancia pueden ser muy cómodas, pero requieren rigor.

Antes de firmar o pagar una señal, deberías saber:

  • quién es el propietario real de la vivienda;
  • si existen hipotecas, cargas o deudas;
  • si la propiedad está correctamente inscrita;
  • si el vendedor tiene capacidad y autorización para vender;
  • si hay deudas con la comunidad de propietarios;
  • si existen obras pendientes o derramas;
  • si hay problemas urbanísticos, de licencia u ocupación;
  • si la señal o arras se pueden recuperar en determinados supuestos;
  • qué impuestos y gastos se aplican;
  • si toda la documentación está preparada para firmar ante notario.

Una operación a distancia solo es segura si las comprobaciones legales se hacen antes de comprometerse.

Cómo puede ayudarte Bennet & Rey

En Bennet & Rey, ayudamos a clientes internacionales durante todo el proceso legal de compra o venta de propiedades en España.

Podemos ayudarte a:

  • entender si necesitas viajar o si puedes completar la operación a distancia;
  • preparar o revisar un poder notarial;
  • coordinar la operación con la notaría;
  • revisar el contrato de reserva y el contrato de arras;
  • realizar la due diligence legal;
  • asesorarte sobre documentación y pasos prácticos;
  • comunicarnos con agencias inmobiliarias, bancos y otras partes;
  • acompañarte hasta la firma final en inglés y en español.

Nuestro objetivo es que el proceso sea claro, seguro y jurídicamente controlado, especialmente cuando estás comprando o vendiendo una propiedad en España desde el extranjero.

¿Estás pensando en comprar o vender una propiedad en España?

Si resides fuera de España y quieres comprar o vender una propiedad española, contar con asesoramiento legal desde el principio puede ahorrarte tiempo, estrés y desplazamientos innecesarios.

Contacta con Bennet & Rey para estudiar tu operación inmobiliaria en España.

Te ayudaremos a entender si necesitas viajar, qué documentos necesitas y cómo estructurar la operación de forma segura desde el principio.

Escríbenos un email a: [email protected]   o

Contactanos aquí

¿Puedo perder las arras en una compraventa en España?

Comprar una vivienda en España es una decisión emocionante, pero también puede implicar riesgos legales y económicos importantes.

Una de las preguntas más frecuentes que recibimos en Bennet & Rey es:

“Si entrego unas arras, ¿puedo perder ese dinero?”

La respuesta corta es:
Sí, en algunos casos puede perderse.

Pero todo dependerá:

  • del tipo de contrato firmado,
  • de las cláusulas incluidas,
  • y de si recibió asesoramiento legal antes de firmar.

Y aquí es donde muchas personas cometen errores muy costosos.

¿Qué son las arras en una compraventa?

En España, es habitual que antes de la firma ante notario las partes firmen un contrato privado conocido como: contrato de arras.

Mediante este acuerdo:

  • el comprador entrega una cantidad de dinero como reserva,
  • y ambas partes se comprometen a continuar con la operación.

El tipo más habitual son las: Arras penitenciales, recogidas en el artículo 1454 del Código Civil español.

Según la legislación española:

  • Si el comprador decide no continuar → puede perder las arras entregadas.

  • Si el vendedor se retira → normalmente deberá devolver el doble de la cantidad recibida.

Muchas personas desconocen esto hasta que ya han firmado.

¿Cuándo puede perder el comprador las arras?

Esto puede ocurrir, por ejemplo, si:

  • decide no seguir adelante con la compra,
  • no obtiene financiación y el contrato no le protege,
  • incumple plazos acordados,
  • o simplemente cambia de opinión.

El problema es que muchos compradores creen que pueden “echarse atrás” sin consecuencias económicas.

Y no siempre es así.

Errores que vemos con frecuencia

En nuestro despacho vemos a menudo compradores que:

❌ firman demasiado rápido
❌ confían únicamente en la inmobiliaria
❌ no revisan las cláusulas de penalización
❌ creen que todas las arras son recuperables
❌ no comprueban la situación legal del inmueble

El problema suele aparecer cuando ya es demasiado tarde.

Cómo protegerse antes de firmar

Antes de entregar dinero o firmar cualquier documento, es recomendable:

✔ revisar el contrato con un abogado independiente
✔ comprobar cláusulas de financiación
✔ verificar la situación legal y registral de la vivienda
✔ entender exactamente qué ocurre si la operación no se completa

Una revisión legal preventiva puede ahorrar miles de euros.

¿Y si ya ha firmado?

No entre en pánico, pero tampoco espere demasiado.

En algunos casos todavía puede ser posible recuperar las arras, especialmente si:

  • existen incumplimientos del vendedor,
  • defectos legales en la vivienda,
  • o cláusulas abusivas o ambiguas.

Cada situación debe analizarse de forma individual.

Hable con un abogado antes de tomar una decisión

En Bennet & Rey asesoramos a compradores nacionales e internacionales en operaciones inmobiliarias en España.

Ofrecemos asesoramiento claro, estratégico y práctico antes y después de firmar.

Envíe un email a: [email protected]

o reserve una consulta con un abogado en:

https://calendly.com/margaret-bennetrey/first-contact

Madrid, España

Cómo proteger a tus hijos, divorcio en España

Una advertencia dura desde un juzgado de familia

“Cómo hacer de tu hijo una persona desgraciada”.Esto decía un cartel que estaba en el Tribunal de Instancia de Madrid, plaza 27.

Duro. Directo. Incómodo.

Y añadía:

1.º Nunca se ponga de acuerdo con su ex en nada.

2.º Haga todo lo que pueda a espaldas de su ex y no le informe de nada.

3.º Háblele mal a su hijo del otro progenitor y de toda su familia.

4.º Enseñe a su hijo a mentir.

5.º Amenace a su hijo, chantajéelo o manipúlelo.

6.º No cumpla el régimen de visitas ni ninguna resolución judicial.

7.º Haga partícipe a su hijo de todos sus problemas con su ex.

8.º Si su hijo con 8 ó 9 años le pide un móvil, cómpreselo inmediatamente, haga lo mismo con todo.

9.º No ponga límites a su hijo.

10.º Póngase de su parte en cualquier conflicto que tenga con el otro progenitor.

 

Errores frecuentes de los padres durante una separación

Pero lo más impactante no es el título del cartel del juzgado. Es que muchos de esos comportamientos ocurren todos los días en separaciones y divorcios.

No porque  los padres quieran hacer daño. Sino porque están enfadados, dolidos o desbordados.

En derecho de familia vemos esto constantemente:

  • Falta de comunicación
  • Conflictos constantes
  • Hijos en medio

Y ahí es donde las decisiones importan de verdad.

Si estás en una situación complicada con tu ex, hay algo importante:

-no improvises
-no actúes desde la emoción

Una mala decisión hoy puede tener consecuencias durante años.

Consulta con una abogada de familia en Madrid

Si estás atravesando una separación o divorcio con hijos, no tomes decisiones precipitadas ni desde la emoción. Cuéntanos brevemente tu situación y te orientaremos con claridad, prudencia y discreción.

Envíanos un email a: [email protected]

Premios Magna Carta 2026. Un éxito: Construyendo puentes entre España y Reino Unido

Los Premios Magna Carta 2026, celebrados el 22 de abril en el Auditorio del Banco Sabadell en Madrid, reunieron a personas, instituciones y empresas que contribuyen activamente a fortalecer la relación entre España y el Reino Unido.

Organizados por Bennet & Rey Abogados, estos premios nacen de una convicción:
que el verdadero progreso se construye a través de puentes entre países, culturas y sistemas jurídicos.

Más que una ceremonia, el evento fue un punto de encuentro entre excelencia profesional, visión internacional y conexión humana.

Reconociendo la excelencia internacional

Tuvimos el honor de reconocer a:

  • Embajada Británica en España, representada por el Excmo. Sr. Embajador Sir Alex Ellis – Premio al Compromiso Social

  • The Secret Kingdoms, fundada por David Price y Beatriz Fernández – Premio a la Empresa

  • Kimberly Tell, por su papel en la serie ENA (RTVE) – Premio a la Cultura

  • Ignacio PeyróPremio al Periodismo Nacional

  • Michael ReidPremio al Periodismo Internacional

  • Nieves Barragán MohachoPremio a la Gastronomía

  • Fundación Cudeca, en reconocimiento al legado de Joan Hunt – Premio a la Superación Peter Hauschild

Cada uno de ellos representa la capacidad de unir personas, ideas y países.

Una visión compartida

Los Premios Magna Carta se inspiran en los principios de la Carta Magna: diálogo, derechos y estabilidad.

Estos mismos principios guían el trabajo diario de Bennet & Rey.

Como despacho de abogados internacional en Madrid, asesoramos a clientes en asuntos jurídicos complejos con componente internacional:

  • Derecho de familia internacional y divorcios
  • Compraventa inmobiliaria en España
  • Herencias internacionales
  • Extranjería y residencia

Asesoramiento legal para clientes internacionales en España

Si se enfrenta a una cuestión legal en España y necesita claridad, estrategia y seguridad, nuestro equipo le ofrece asesoramiento personalizado con enfoque internacional.

📩 Contacte con nosotros para estudiar su caso.

Conoce a los premiados de los Premios Magna Carta 2026

El 22 de abril a las 12:00, en Madrid, celebramos los Premios Magna Carta 2026, organizados por Bennet & Rey, en el Auditorio del Banco Sabadell.

Este evento reúne a personas e instituciones que contribuyen activamente a fortalecer la relación entre el Reino Unido y España — en ámbitos como la empresa, la cultura, el periodismo, la gastronomía y el compromiso social.

Premios Magna Carta 2026 en Madrid

Los premiados de esta edición son:

✔️ Premio al Compromiso Social – Embajada Británica en Madrid, representada por el Excmo. Sr. Sir Alex Ellis

✔️ Premio a la Empresa – Secret Kingdoms

✔️ Premio a la Cultura – Dña. Kimberly Tell, ENA (Reina Victoria Eugenia)Radiotelevisión Española

✔️ Premio Nacional al Periodismo – D. Ignacio Peyró

✔️ Premio Internacional al Periodismo – D. Michael Reid

✔️ Premio a la Gastronomía – Dña. Nieves Barragán Mohacho

✔️ Premio a la Superación Peter Hauschild – Fundación Cudeca

Celebrando la colaboración entre Reino Unido y España

En Bennet & Rey es un auténtico privilegio reconocer a profesionales e instituciones que reflejan los valores que definen tanto los Premios Magna Carta como nuestro despacho: colaboración, integridad, compromiso, excelencia y respeto.

Estos premios no son solo un reconocimiento — son un punto de encuentro.

Representan un espacio donde culturas, sistemas jurídicos y realidades profesionales se conectan.

Bennet & Rey – Despacho internacional en Madrid

Como despacho de abogados internacional con sede en Madrid, trabajamos a diario con clientes cuyas vidas, familias y patrimonios se mueven entre distintos países — especialmente entre el Reino Unido y España.

Eventos como los Premios Magna Carta reflejan precisamente esa realidad: un entorno internacional, complejo y lleno de oportunidades.

Nos sentimos profundamente honrados de poder organizar estos premios.

¿Puede mi ex impedirme ver a mi hijo en España?

Tras una separación o divorcio, una de las situaciones más angustiantes es cuando uno de los progenitores impide al otro ver a su hijo.

¿Es legal hacer esto en España?

En la mayoría de los casos, no.

Tu derecho a ver a tu hijo

En España, ambos progenitores mantienen la patria potestad.

Esto implica:

✔ Derechos para ambos
✔ Responsabilidades para ambos
✔ Que el menor tenga relación con ambos padres

Por norma general, un progenitor no puede impedir unilateralmente las visitas.

¿Cuándo puede limitarse el contacto?

Solo en situaciones excepcionales:

  • Si existe una resolución judicial
  • Si hay riesgo para el menor
  • En casos de violencia

Estas decisiones corresponden siempre a un juez.

¿Qué hacer si tu ex impide el contacto?

Si te están impidiendo ver a tu hijo:

Puede tratarse de un incumplimiento de medidas

Puedes:

  • Solicitar ejecución judicial
  • Actuar de forma urgente
  • Pedir modificación de medidas

Los tribunales lo consideran una cuestión muy seria.

La importancia de actuar rápido

Cuanto más tiempo pase sin contacto, más difícil puede ser restablecerlo.

Cómo podemos ayudarte

En Bennet & Rey asesoramos a clientes internacionales en situaciones complejas de custodia.

Ofrecemos:

✔ Asesoramiento claro
✔ Estrategia legal
✔ Actuación rápida

Contacta con nosotros

Reserva una consulta:
https://calendly.com/margaret-bennetrey/first-contact

📩 [email protected]

¿Puedo perder el depósito al comprar una propiedad en España?

Comprar una propiedad en España es un paso emocionante — pero también implica riesgos legales que muchos compradores internacionales subestiman.

Una de las preguntas más frecuentes que recibimos es:

“Si pago un depósito, ¿puedo perderlo?”

La respuesta corta es:
Sí — pero depende del tipo de contrato que hayas firmado.

Y aquí es donde suelen surgir los problemas.

¿Qué tipo de depósito has firmado?

En España, la mayoría de las compraventas incluyen un contrato de arras (acuerdo de depósito).

Existen varios tipos, pero el más habitual es:

Arras penitenciales

Este tipo de contrato permite a ambas partes desistir — pero con consecuencias claras:

  • Si tú (comprador) desistes → ❌ pierdes el depósito
  • Si el vendedor desiste → ✅ debe devolverte el doble

Esto es completamente legal conforme al derecho español.

¿Cuándo puede perderse el depósito?

Puedes perder el depósito si:

  • Decides no continuar con la compra
  • No consigues financiación (salvo que el contrato lo contemple expresamente)
  • Cambias de opinión
  • No cumples los plazos acordados

Muchos compradores creen que pueden “echarse atrás sin consecuencias” — pero legalmente puede resultar muy costoso.

❌ Error crítico que vemos con frecuencia

Muchos compradores:

  • Firman contratos de arras sin asesoramiento legal
  • Asumen que todos los depósitos son reembolsables
  • No comprenden las cláusulas del contrato

Aquí es donde empiezan los problemas.

Cómo protegerte antes de pagar un depósito

Antes de firmar o pagar cualquier cantidad, deberías:

  • ✔ Revisar el contrato con un abogado
  • ✔ Verificar si existe cláusula de financiación
  • ✔ Confirmar la situación legal del inmueble
  • ✔ Entender los plazos y penalizaciones

Una pequeña revisión legal puede ahorrarte miles de euros.

¿Y si ya has pagado el depósito?

Si ya has firmado:

👉 No entres en pánico — pero tampoco esperes.

Tus opciones dependerán de:

  • La redacción exacta del contrato
  • Si el vendedor ha cumplido sus obligaciones
  • Si existen defectos legales en la operación

En algunos casos, sí es posible recuperar el depósito.

Consulta con un abogado antes de tomar decisiones

Cada caso es diferente.

Si no estás seguro de si puedes perder tu depósito — o quieres proteger tu posición — es fundamental actuar a tiempo.

Reserva una consulta con un abogado aquí

Recibe asesoramiento claro, práctico y adaptado a tu caso.

¿Qué ocurre cuando un padre/madre se lleva al menor fuera de España sin el consentimiento del otro progenitor?

Sacar a un menor de España sin el consentimiento del otro progenitor es una de las situaciones más graves que pueden surgir tras una separación o divorcio.

No se trata solo de un conflicto familiar — puede tener importantes consecuencias legales tanto en España como a nivel internacional.

¿Es legal llevarse a un menor al extranjero sin consentimiento?

En la mayoría de los casos, no.

Cuando ambos progenitores tienen la patria potestad, ninguno puede decidir unilateralmente sacar al menor de España sin el consentimiento expreso del otro o sin autorización judicial.

Hacerlo puede ser considerado una sustracción internacional de menores, incluso aunque no exista una intención perjudicial.

¿Cuáles son las consecuencias legales?

Las consecuencias pueden ser muy relevantes:

  • El otro progenitor puede iniciar un procedimiento urgente en España
  • El juez puede ordenar la restitución inmediata del menor
  • Pueden aplicarse mecanismos internacionales, como el Convenio de La Haya
  • En determinados casos, puede haber consecuencias penales

¿Qué ocurre si el menor es trasladado a otro país?

Si el menor es llevado al extranjero, la situación se complica.

España forma parte de acuerdos internacionales que permiten solicitar la restitución del menor cuando ha sido trasladado sin consentimiento.

Sin embargo, el tiempo es clave: Actuar con rapidez aumenta significativamente las probabilidades de éxito.

¿Qué puedes hacer en esta situación?

Si te encuentras ante este problema, es fundamental:

  • Solicitar asesoramiento legal de forma inmediata
  • Evitar acuerdos informales que puedan perjudicar tu posición
  • Iniciar acciones legales urgentes si es necesario

Cada caso es distinto, especialmente en familias internacionales.

Cómo podemos ayudarte

En Bennet & Rey, asesoramos a clientes internacionales en situaciones complejas de custodia y traslado de menores en España.

Ofrecemos un asesoramiento jurídico claro, estratégico y discreto, enfocado en proteger tus derechos y el interés superior del menor.

Contacta con nosotros

Habla directamente con un abogado y recibe orientación clara sobre tu caso.

Reserva tu consulta aquí:
https://calendly.com/margaret-bennetrey/first-contact

📩 O escríbenos a: [email protected]

Antes de enamorarte de una propiedad… verifica que todo esté legalmente en orden

Comprar una propiedad en España: lo que debes saber antes de decidir

Comprar una propiedad en España puede ser una experiencia emocionante. Sin embargo, antes de tomar cualquier decisión, es esencial asegurarse de que todo esté legalmente en orden.

Riesgos legales al comprar una vivienda

Muchos compradores —especialmente internacionales— desconocen los riesgos legales que pueden existir: cargas ocultas, irregularidades urbanísticas, problemas registrales o deudas asociadas al inmueble.

Que revisar antes de comprar una propiedad en España

En Bennet & Rey ofrecemos un asesoramiento jurídico integral para garantizar que tu inversión sea segura desde el primer momento.

Nuestro equipo revisa cada aspecto clave:

  • Titularidad y cargas en el Registro de la Propiedad
  • Situación urbanística del inmueble
  • Deudas con la comunidad o suministros
  • Licencias y legalidad de la construcción
  • Contratos de arras y compraventa

Asesoramiento legal para comprar vivienda en España con seguridad

Antes de enamorarte de una propiedad… asegúrate de que todo esté legalmente en orden.

Contáctanos y compra con seguridad. Reserva una cita en:

https://calendly.com/margaret-bennetrey/first-contact